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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 230 Lunes, 1 de diciembre de 2014 Pág. 49542

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo

EDICTO (297/2013).

Yo, Ángel Gómez Santos, secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, hago saber que en virtud de lo acordado en los autos de referencia y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Lec por el presente se notifica a María Gloria Castro Álvarez la sentencia con fecha de 31 de marzo de 2014 cuyo encabezamiento y decisión son del tenor literal siguiente:

Sentencia n º 46/2014.

Vigo, 31 de marzo de 2014.

Vistos por mí, Manuel Ángel Pereira Costas, magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo, los presentes autos de juicio ordinario que con el número 297/2013 se siguen a instancia de Targobank, S.A. representada por el procurador José Vicente Gil Tránchez y dirigida por el letrado Jorge Castro Díaz, contra Roberto Velasco Vicente, representado por la procuradora Soledad Pérez González y dirigido por la letrada Yolanda Lago-Bergon Rodríguez y María Gloría Castro Álvarez, declarada en situación de rebeldía procesal, los cuales tienen por objeto una pretensión de reclamación de cantidad basada en un contrato de préstamo.

Decido estimar totalmente la demanda interpuesta por Targobank, S.A. contra Roberto Velasco Vicente y María Gloria Castro Álvarez, haciendo, en consecuencia, los siguientes pronunciamientos:

1º. Condeno a Roberto Velasco Vicente y María Gloria Castro Álvarez a pagar Targobank, S.A., con carácter solidario, la cantidad de 6.086,05 euros, a la que ascendía el saldo deudor al momento del vencimiento del préstamo, con los intereses moratorios estipulados en el contrato que se reporte desde aquel momento.

2º. Condeno a Roberto Velasco Vicente y María Gloria Castro Álvarez a pagar las costas procesales.

Notifiquese esta sentencia a las partes, a las que se les hará saber que esta no es firme y que contra ella podrán interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Pontevedra en el plazo de veinte días.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Vigo, 6 de noviembre de 2014

El secretario judicial