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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Martes, 2 de diciembre de 2014 Pág. 49763

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (314/2014).

María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 314/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Carmen Reboiras Ordóñez contra Servanza, S.L., el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallo:

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por María del Carmen Reboiras Ordóñez contra Servanza, S.L., debo declarar y declaro la improcedencia del despido de la demandante, efectuado por la demandada por falta de llamamiento de la trabajadora para la prestación de servicios, y debo condenar y condeno a Servanza, S.L. a que readmita inmediatamente a la trabajadora demandante en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, que consistirá en nuevo llamamiento al trabajo, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha efectiva del despido hasta la notificación de esta sentencia a razón de 34,78 euros diarios, o bien, a elección del empresario, a la extinción de la relación laboral con abono a la demandante de una indemnización de 6.364,74 euros por despido improcedente.

La opción por el empresario entre la readmisión de la trabajadora y la indemnización por despido improcedente deberá ejercerse en el plazo de cinco (5) días contados a partir de la notificación de la presente sentencia, mediante escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho término sin que el empresario hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión.

En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa, deberá estarse a lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que frente a la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco (5) días contados desde el siguiente al de su notificación».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Servanza, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 12 de noviembre de 2014

La secretaria judicial