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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 14 Jueves, 22 de enero de 2015 Pág. 3383

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (416/2011).

María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber:

Que en el procedimiento de seguridad social 416/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Yolanda Picón Pampín contra la Tesorería General de la Seguridad Social, Práctica Solar, S.L., Eficiencia Medioambiental, S.L., Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales N 201, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), AA Solar Fotovoltaica, S.L., sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución (sentencia):

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Yolanda Picón Pampín contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social; Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, Eficiencia Medioambiental, S.L., A.A. Solar Fotovoltaica, S.L. y Práctica Solar, S.L., debo declarar y declaro el derecho de la demandante a percibir la suma de 1.430,63 euros que se le adeudan en concepto de prestación económica de IT iniciada el 31 de agosto de 2010 y finalizada el 7 de febrero de 2011, correspondientes al periodo que abarca desde el cuarto día de IT hasta el día 30 de octubre de 2010, una vez deducidos ya los 1.361,19 euros que ha percibido de Mutua Gallega por el periodo del 1 de noviembre de 2010 hasta el 21 de diciembre de 2010, y debo condenar y condeno a las demandadas a estar y pasar por dicha declaración, y debo condenar y condeno a las mercantiles Eficiencia Medioambiental, S.L., A.A. Solar Fotovoltaica, S.L. y Práctica Solar, S.L. y a Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo a abonarle dicha suma a la demandante, sin perjuicio del derecho de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo de repetición contra las mercantiles codemandadas, con responsabilidad subsidiaria del INSS para el caso de insolvencia de Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, con absolución de la TGSS de las peticiones deducidas en su contra.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación (artículo 191.3.c LRJS).

Y para que sirva de notificación en legal forma a Eficiencia Medioambiental, S.L., AA Solar Fotovoltaica, S.L., Práctica Solar, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 2 de enero de 2015

La secretaria judicial