Visto el acuerdo suscrito por la comisión negociadora del convenio colectivo de la empresa Financiera Maderera, S.A. (Finsa), en fecha de 30 de diciembre de 2014, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
Esta dirección general,
ACUERDA:
Primeiro. Ordenar su registro y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado mediante la Orden de 29 de octubre de 2010 (DOG n.º 222, de 18 de noviembre).
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 21 de enero de 2015
Carmen Bouso Montero
Directora general de Trabajo y Economía Social
Acta de acuerdo de la mesa negociadora del Convenio colectivo
de Financiera Maderera, S.A. (Finsa) para las fábricas de Galicia
Siendo las 13.00 horas del día 30 de diciembre de 2014, en los locales de la empresa Financiera Maderera, S.A. en Santiago de Compostela, se reúnen las personas que a continuación se mencionan, integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo de la empresa Financiera Maderera, S.A. (Finsa) para sus centros de trabajo en Galicia.
• Por parte de los trabajadores:
– Por CCOO.:
1. José Luis López Souto. DNI: 33273907.
2. Eloy Buceta Viñas. DNI: 35472598.
3. Jesús Mª Fernández Rodríguez. DNI: 33345383.
4. Manuel Gómez Lorenzo. DNI: 34910257.
– Por UGT:
1. Álvaro Lois Fernández. DNI: 33239000.
2. Miguel A. Pereiro Balseiro. DNI: 34996643.
3. José Otero Casal. DNI: 35471355.
4. Miguel Ángel Fernández López. DNI: 33843201.
5. Marcos Vázquez Garrido. DNI: 33540501.
– Por USO:
1. Marcial Casas Couselo. DNI: 33301633.
2. Ricardo Figueira Rodríguez. DNI: 33264606.
3. Rubén Cao Rodríguez. DNI: 44456788.
• En representación de la empresa:
1. Xosé M. Mera Iglesias. DNI: 36126130.
2. Modesto Vázquez Vilares. DNI: 33287691.
3. Gonzalo Machado Domínguez. DNI: 34955250.
4. Daniel Noya Miramontes. DNI: 33291958.
5. José Manuel Sánchez Expósito. DNI: 33309656.
6. Marco A. Díaz López. DNI: 33327406.
7. Luz Cachafeiro García. DNI: 44819014.
8. Ramón Vázquez Lista. DNI: 32753769.
Antecedentes:
1. El pasado 27 de noviembre de 2012 la representación de la empresa notificó a la representación legal de los trabajadores la denuncia del Convenio colectivo de Financiera Maderera, S.A. (Finsa) para las fábricas de tablero de Galicia (código de convenio 82000913012007) a la finalización de su vigencia con fecha 31 de diciembre de 2012. La denuncia del convenio fue registrada en el sistema REGCON con fecha 30 de noviembre de 2012 (exp. 82/01/0011/2012).
2. El convenio colectivo reseñado se encontraba en situación de vigencia prorrogada en el año 2012 en virtud de lo dispuesto en el artículo 86.2 del Estatuto de los trabajadores (ET), al haberse alcanzado un acuerdo entre las partes para no proceder a su denuncia en el marco del expediente de regulación de empleo temporal con efectos para la anualidad de 2012.
3. Que con fecha 15 de mayo de 2013 se constituyó la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo, iniciándose las negociaciones del convenio sin que se haya alcanzado hasta la fecha un acuerdo sobre el mismo, y como quiera que en virtud de lo dispuesto en el artículo 86, apartado 3, último párrafo del ET, una vez transcurrido un año desde la denuncia sin que se haya acordado un nuevo convenio este perderá su vigencia, ambas partes acordaron ampliar temporalmente –hasta el 31 de diciembre de 2014– la ultraactividad del convenio colectivo, y como quiera que la fecha está próxima a vencer sin haberse pactado un nuevo convenio colectivo, adoptan por unanimidad los siguientes
Acuerdos:
Primero. Ambas partes acuerdan un nuevo período de ultraactividad del Convenio colectivo de Financiera Maderera, S.A. (Finsa) para sus fábricas de tablero en Galicia, desde el día 1 de enero de 2015 hasta el 31 de enero de 2015, a fin de permitir el desarrollo de la negociación colectiva, ante la situación de vencimiento de la anterior extensión de ultraactividad a 31 de diciembre de 2014 y la complejidad de materias a abordar, toda vez que no se ha alcanzado un acuerdo en las materias objeto de negociación.
Segundo. Ambas partes acuerdan facultar a Xosé Manuel Mera Iglesias, para que en representación de la Empresa, que delega expresamente este trámite de gestión en Begoña Martínez Díaz, para que proceda al registro en el sistema REGCON de este acta de acuerdo ante la Dirección General de Trabajo, a fin de que por la misma se le dé el trámite oportuno, y se proceda al registro, depósito y publicación en el DOG del presente acuerdo de ampliación de la ultraactividad del Convenio colectivo Finsa para las fábricas de tablero de Galicia (DOG de 6 de julio de 2011).
Y en prueba de conformidad, ratificando en todos sus extremos la presente acta, los asistentes firman en el lugar y fecha arriba indicados.
