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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 28 Miércoles, 11 de febrero de 2015 Pág. 6081

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 21 de enero de 2015 por la que se autoriza la impartición del bloque común, en la modalidad a distancia, en la red de centros de enseñanzas deportivas COEN Centros de Formación.

Por Orden de 16 de julio de 2014 se autoriza la apertura y funcionamiento de la red de centros de enseñanzas deportivas COEN Centros de Formación, para impartir las enseñanzas deportivas de grado medio conducentes a la obtención del título de técnico deportivo en Fútbol (2 unidades de 30 puestos escolares cada una) y de grado superior conducentes a la obtención del título de técnico superior en Fútbol (1 unidad de 30 puestos escolares), en el centro base situado en Pontevedra y en la sede de Vigo.

El representante de COEN Centros de Formación, S.C., solicita autorización para impartir el bloque común a distancia de las enseñanzas deportivas de grado medio y superior de Fútbol.

El Real decreto 1363/2007, de 24 de octubre, que establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, en su artículo 24, señala la posibilidad de ofertar enseñanzas deportivas de forma modular o parcial, bien sea en régimen presencial o a distancia.

El Decreto 410/2003, de 6 de noviembre, regula los requisitos y el procedimiento para la autorización a centros privados y a centros públicos que no sean de titularidad de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria para impartir enseñanzas de técnicos deportivos en la Comunidad Autónoma de Galicia; norma desarrollada por las órdenes de esta consellería de 12 de abril de 2004 y de 23 de abril de 2004, en las que se determinan el procedimiento de autorización y los requisitos mínimos de los espacios administrativos y docentes genéricos con los que deben contar los centros que, en este caso, debe comprender al centro base y a las sedes.

Por ello, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Primero. Autorizar la impartición del bloque común a distancia en la red de centros de enseñanzas deportivas COEN Centros de Formación, código 36024860, en el centro base situado en la calle Estrada, nº 24, de Pontevedra, y en la sede situada en la calle Gran Vía, nº 164, de Vigo.

Segundo. Antes de la posta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Jefatura Territorial da Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de Pontevedra, después del informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá la docencia, así como el equipamiento adecuado.

Tercero. Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Cuarto. La titularidad de la red de centros queda obligada al cumplimento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa

Santiago de Compostela, 21 de enero de 2015

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria