Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Viernes, 20 de febrero de 2015 Pág. 7253

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

CÉDULA de 21 de enero de 2015, de la Jefatura Territorial de Vigo, por la que se hace público el inicio del procedimiento de reintegro de ayudas y subvenciones gestionadas en esta jefatura territorial.

En uso de las competencias atribuidas a esta jefatura territorial, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE de 27 de noviembre) modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), intentada la notificación en el último domicilio de los interesados sin que esta se pudiese practicar, se notifica a las personas citadas en el anexo para que, en el plazo de diez (10) días, contados desde el siguiente al de la fecha de publicación de este edicto, comparezcan personalmente o debidamente representadas en la sede del Servicio de Trabajo y Economía Social de la Jefatura Territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar de Vigo; calle Concepción Arenal, 8-2º (desde las 9.00 hasta las 14.00 horas, de lunes a viernes) para tener conocimiento del contenido de aquella, advirtiéndoles que, de no hacerlo así, se considerarán notificadas con los efectos que correspondan.

Asimismo, se les hace saber el derecho que les asiste para alegar lo que más convenga a sus intereses en el plazo de quince días, que comenzará a contar a partir del siguiente al de la publicación de esta cédula en el Diario Oficial de Galicia, ante la Jefatura Territorial de la Consellería de Trabajo y Bienestar.

Vigo, 21 de enero de 2015

María Peón Fernández
Jefa territorial de Vigo

ANEXO

Nº de expediente de reintegro: REINT 2014/16-5.

Nombre: Baúl do Oriente, S.L.

CIF: B94012192.

Último domicilio conocido: c/ Concepción Arenal, 83 bajo, 36780 A Guarda.

Hecho imputado: no mantener a la trabajadora subvencionada por un período mínimo de tres años.

Precepto infringido: incumplimiento de la base séptima punto 1 del anexo A de la Orden de 4 de mayo de 2010 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de incentivos a la contratación de las personas trabajadoras, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2010.

Tipo de ayuda: ayudas a la contratación indefinida.

Contenido de la resolución: inicio del procedimiento de reintegro parcial.