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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 41 Lunes, 2 de marzo de 2015 Pág. 8504

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2015, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Economía e Industria, por la que se actualizan los precios privados que percibirá la Agencia Gallega de Innovación por los servicios prestados por el Centro de Innovación y Servicios del Diseño y la Tecnología y por el Centro de Innovación y Servicios Tecnológicos de la Madera de Galicia.

El artículo 50 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, dispone que son precios privados las contraprestaciones que obtengan los sujetos por la prestación de servicios o por la realización de actividades efectuadas en régimen de derecho privado cuando, prestando también tales servicios o actividades el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados.

Asimismo, el artículo 51 dicha ley establece que los precios privados serán fijados por las consellerías correspondientes, atendiendo a las condiciones y circunstancias del mercado en que operen, y que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia.

A través de la presente resolución se actualizan los precios privados establecidos en la Orden de 10 de junio de 2014 por la que se establecen los precios privados que percibirá la Agencia Gallega de Innovación por los servicios prestados por el Centro de Innovación y Servicios del Diseño y la Tecnología y el Centro de Innovación y Servicios Tecnológicos de la Madera de Galicia, según establece su artículo 2, aplicando la variación interanual experimentada por el índice general de precios de consumo para el conjunto nacional total (IPC, base 2011) en el mes de octubre anterior, calculado por el Instituto Nacional de Estadística.

En consecuencia, y para dar cumplimiento a lo dispuesto en la mencionada orden, esta secretaría general

DISPONE:

Dar publicidad a los precios privados actualizados exigibles por la Consellería de Economía e Industria, referentes a los servicios prestados o a la realización de actividades por el Centro de Innovación y Servicios del Diseño y la Tecnología y el Centro de Innovación y Servicios Tecnológicos de la Madera de Galicia, efectuadas en el ámbito del asesoramiento tecnológico, la innovación, la investigación y la formación, que son los que figuran en el anexo de esta orden.

Santiago de Compostela, 6 de febrero de 2015

Borja Verea Fraiz
Secretario general técnico de la Consellería de Economía e Industria

ANEXO
Tarifas de la Agencia Gallega de Innovación por los servicios en el ámbito del asesoramiento tecnológico, la innovación, la investigación y la formación.

Los precios privados aplicables a la hora de trabajo del personal, a la hora de uso de sus instalaciones y del espacio exterior serán los siguientes:

– Precio/hora del personal técnico: 74,93 €/hora.

– Precio/hora para uso de instalaciones:

– Salón de actos: 289,71 €/día o fracción.

– Salas de formación y técnicas: 49,95 € día o fracción.

– Alquiler espacio exterior para otras infraestructuras tecnológicas: 61,49 € mes/m2.

Otros costes que se repercutirán al solicitante:

1. Los costes por la realización de viajes, gastos de transporte, dietas, manutención y alojamiento del personal de la Agencia desplazado para la prestación del servicio, serán facturados al solicitante a razón de las cantidades y conceptos siguientes:

– Coste por kilometraje: 0,19 €/km.

– Coste de la manutención completa: 28,21 €/día.

– Alojamiento: 48,92 €/día.

2. Los materiales, productos consumibles y equipamientos específicos necesarios para la prestación del servicio, cuando sea la Agencia Gallega de Innovación quien los proporcione, así como las asistencias externas, se facturarán por su precio y gasto que originen.