El artículo 20 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD), establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de titularidad pública deberá efectuarse por medio de una disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.
En su virtud, de conformidad con el precepto citado, la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Fisioterapeutas de Galicia acuerda lo siguiente:
Artículo 1
La supresión de los ficheros con datos de carácter personal identificados en el anexo I de la presente disposición.
Artículo 2
La creación del fichero con datos de carácter personal identificado en el anexo II de la presente disposición.
Artículo 3
La publicación de esta disposición general en el Diario Oficial de Galicia y su entrada en vigor al día siguiente de su publicación.
A Coruña, 17 de marzo de 2015
José Luis Aristín González
Presidente del Colegio Oficial de Fisioterapeutas de Galicia
ANEXO I
Supresión de ficheros con datos de carácter personal
– Nombre del fichero: Colegiados.
a) Motivos de la supresión: contenido incorrecto de la estructura del fichero.
b) Destino de la información: redefinición en un nuevo fichero.
– Nombre del fichero: Expedientes deontológicos.
a) Motivos de la supresión: no se trata de un fichero diferenciado, pues se encuentra incluido en el fichero de Colegiados.
b) Destino de la información: redefinición en un nuevo fichero.
ANEXO II
Creación de ficheros con datos de carácter personal
– Nombre del fichero: Colegiados.
a) Descripción del fichero: fichero que alberga datos para la gestión y seguimiento de los colegiados.
b) Finalidad y usos previstos: gestión contable, fiscal y administrativa, procedimiento administrativo y otras finalidades.
c) Estructura básica del fichero y descripción de las categorías de datos: NIF/DNI; nombre y apellidos; dirección; teléfono; imagen/voz; características personales; detalles de empleo; económicos; financieros y de seguros; académicos y profesionales; número de registro de personal; firma manuscrita o digitalizada.
d) Origen de los datos (personas o colectivos): fisioterapeutas colegiados de Galicia.
e) Procedimiento de recogida: formulario de toma de datos (electrónico y papel).
f) Procedencia de los datos: el propio interesado o su representante legal.
g) Sistema de tratamiento: mixto.
h) Comunicaciones de datos: bancos, cajas de ahorro y cajas rurales, entidades aseguradoras, la Asociación Española de Fisioterapeutas y el Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas de España.
i) Transferencia internacional de datos: no se prevé la realización de transferencia internacional de datos.
j) Órgano responsable del fichero: Colegio Oficial de Fisioterapeutas de Galicia.
k) Servicios o unidades donde ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Colegio Oficial de Fisioterapeutas de Galicia, plaza Alfonso XIII, nº 8, bajo, 15008 A Coruña.
l) Nivel de seguridad: nivel básico.