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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 78 Lunes, 27 de abril de 2015 Pág. 16001

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (3904/2012).

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 3904/2012 de esta sección, seguido a instancia de María del Carmen Alvariño Crespo contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Navantia, S.A., Mutua Asepeyo, Mutua La Fraternidad-Muprespa, Innaval, S.L., Izar Construcciones Navales, S.A., Montajes Alfer, sobre viudedad, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial.

M. Socorro Bazarra Varela.

A Coruña, 6 de abril de 2015.

La pongo yo, la secretaria judicial para hacer constar que, con fecha de 1 de abril de 2015, se han recibido procedentes de la Sala de lo Social Cuarta del Tribunal Supremo, las presentes actuaciones junto con testimonio de la resolución del recurso de casación en unificación de doctrina.

Acuerdo comunicar su recepción a la Sala de lo Social Cuarta del Tribunal Supremo y cumplir lo ordenado en su resolución.

Remítanse las actuaciones al órgano judicial de procedencia con certificación de la sentencia dictada por esta sala.

Una vez consten recibidos los acuses de recibo del órgano judicial de procedencia así como de la notificación a las partes de esta resolución, archívense las actuaciones dejando nota en los libros de este tribunal.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de los cinco (5) días siguientes a su notificación que deberá expresar la infracción que a juicio del recurrente contiene la resolución de conformidad a lo dispuesto en el artículo 186 y 187 de la LJS.

«Auto.

Tribunal Supremo. Sala de lo Social.

José Luis Gilolmo López, María Lourdes Arastey Sahún y Jesús Souto Prieto.

En Madrid, veintisiete de enero de dos mil quince.

Es magistrado ponente, José Luis Gilolmo López.

La sala acuerda declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la letrada María Veiga Ramos, en nombre y representación de María del Carmen Alvariño Crespo, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de fecha 30 de junio de 2014, en el recurso de suplicación número 3904/2012, interpuesto por María del Carmen Alvariño Crespo, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Ferrol, de 28 de marzo de 2012, en el procedimiento n° 757/2011 seguido a instancia de María Carmen Alvariño Crespo contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Innaval, S.L., Montajes Alfer, Tesorería General de la Seguridad Social, Muprespa, Izar Construcciones Navales en Liquidación, S.A., Asepeyo, Navantia, S.A., sobre viudedad.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno. Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Montajes Alfer e Innaval, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 6 de abril de 2015

La secretaria judicial