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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Martes, 28 de abril de 2015 Pág. 16120

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 27 de abril de 2015 por la que se amplía la dotación económica de la Orden de 22 de diciembre de 2014 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la creación y/o mejora de las infraestructuras, dotaciones, instalaciones y equipamientos vinculados a la prestación de servicios municipales, destinados a ayuntamientos de Galicia para el año 2015, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2007-2013.

Mediante la Orden de 22 de diciembre de 2014 se establecieron las bases reguladoras y se convocaron subvenciones para la creación y/o mejora de las infraestructuras, dotaciones, instalaciones y equipamientos vinculados a la prestación de servicios municipales, destinados a ayuntamientos de Galicia para e año 2015, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco do Programa de desarrollo rural de Galicia 2007-2013 (DOG núm. 245, de 23 de diciembre).

Esta orden fue tramitada como expediente anticipado de gasto de acuerdo con la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 11 de febrero de 1998, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto, modificada por las órdenes de la misma consellería de 27 de noviembre de 2000 y de 25 de octubre de 2001, y con lo establecido en el proyecto de ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, aprobado por el Consello de la Xunta en su reunión de 17 de octubre de 2014, en la que se acordó su remisión al Parlamento de Galicia para su tramitación.

En su artículo 4, la orden prevé la posibilidad de ampliación de crédito en los supuestos previstos en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

En el actual ejercicio presupuestario se ha producido una incorporación de crédito procedente de ejercicios anteriores, susceptible de aplicarse para la financiación de la convocatoria de subvenciones que nos ocupa, por lo que se pretende el incremento de la dotación presupuestaria de referencia a través del supuesto previsto en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero recogido expresamente en el artículo 4.2 de la Orden de 22 de diciembre de 2014.

En consecuencia con lo expuesto, de acuerdo con el Decreto 72/2013, de 25 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, con la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, con el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones, y con lo dispuesto en la Orde de 22 de diciembre de 2014 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la creación y/o mejora de las infraestructuras, dotaciones, instalaciones y equipamientos vinculados a la prestación de servicios municipales, destinados a ayuntamientos de Galicia para el año 2015, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Dearrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2007-2013

DISPONGO:

Artículo único

1. Se amplía la dotación presupuestaria determinada en la Orden de 22 de diciembre de 2014 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la creación y/o mejora de las infraestructuras, dotaciones, instalaciones y equipamientos vinculados a la prestación de servicios municipales, destinados a ayuntamientos de Galicia para e año 2015, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2007-2013, cofinanciada en un 75 % con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en un 12,87 % con cargo a fondos FCI y un 12,13 % a transferencias finalistas del Estado.

Estos fondos Feader están incluídos en el Programa de desarrollo rural de Galicia 2007-2013 objetivo eje 3, «Mejora de la calidad de vida de las zonas rurales, diversificación de la economía rural», medida 3.2.1 «Servicios básicos para la economía y la población rural», submedida 321.33, que tiene como fin, entre otros, las ayudas para la creación y/o mejora de infraestructuras y equipamientos vinculados a la prestación de servicios básicos.

2. El incremento de la dotación será de 5.834.815,74 € con cargo a la aplicación presupuestaria 05.23.141A.760.2 del estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2015, quedando establecida en 7.834.815,74 € a cuantía máxima de las subvenciones que se concedan.

3. Esta ampliación de crédito no afecta al plazo establecido en el artículo 5 de la Orden de 22 de diciembre de 2014 para la presentación de solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo para resolver.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de abril de 2015

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia