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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Miércoles, 20 de mayo de 2015 Pág. 19881

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (1028/2014).

María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 1028/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Marta Purriños Rodríguez contra Fotocomposición y Montajes Mongraf, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:

«Fallo que debo estimar y estimo la demanda que en materia de resolución de contrato y despido, ha sido interpuesta por Marta Purriños Rodríguez contra la entidad Fotocomposición y Montajes Mongraf, S.L. y, en consecuencia, debo declarar y declaro improcedente el despido del que fue objeto el 24 de septiembre de 2014 y, además, extinguida la relación laboral que vinculaba a Marta Purriños Rodríguez, en el día de hoy (26 de enero de 2015), con la entidad Fotocomposición y Montajes Mongraf, S.L., y condeno a la entidad Fotocomposición y Montajes Mongraf, S.L. al abono de una indemnización a razón de 8.918,91 €.

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Marta Purriños Rodríguez contra la entidad Fotocomposición y Montajes Mongraf, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad Fotocomposición y Montajes Mongraf, S.L., a que abone a la demandante la cantidad de 6.160,55 euros brutos por salarios devengados entre junio y septiembre de 2014, diferencias salariales según convenio colectivo entre septiembre de 2013 y septiembre de 2014, y la compensación económica por las vacaciones no disfrutadas del año 2014, así como el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Fotocomposición y Montajes Mongraf, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 28 de abril de 2015

La secretaria judicial