El representante de la titularidad del centro privado Agarimo, del municipio de Arteixo (A Coruña), solicita autorización para impartir el ciclo de formación profesional básica de Servicios Administrativos y el de Cocina y Restauración.
Por Orden de 18 de julio de 2012 (DOG de 7 de agosto) se modifica la autorización del centro quedando configurado como se cita a continuación: 5 unidades de educación especial, 1 PCPI de Albañilería, 1 PCPI de Carpintería, 1 PCPI de Servicios Administrativos, 1 PCPI de Servicios de Restauración, 1 PCPI de Jardinería y Viveros y la educación básica para personas adultas (enseñanzas básicas iniciales: nivel I y II e la educación secundaria para personas adultas: nivel I y II).
El Real decreto 127/2014, de 28 de febrero (BOE de 5 de marzo), regula aspectos específicos de la formación profesional básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, en su disposición adicional quinta establece que las administraciones educativas podrán determinar la efectividad de la autorización de los centros públicos y privados que vinieran impartiendo programas de cualificación profesional inicial (PCPI) para impartir enseñanzas conducentes a un título profesional básico sin necesidad de solicitar una nueva autorización, siempre que el título contenga el perfil profesional del programa que viniera impartiendo.
Por resolución de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos de 11 de septiembre de 2014 se autoriza al centro privado Agarimo para impartir los ciclos de formación profesional básica de Servicios Administrativos y Cocina y Restauración durante el curso 2014/15.
Después de la tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,
DISPONGO:
Primero. Autorizar los ciclos de formación profesional básica de Servicios Administrativos y Cocina y Restauración, en el centro privado que se señala:
Denominación genérica: centro privado.
Denominación específica: Agarimo.
Código: 15020431.
Domicilio: c/ Padre Villa, 30. Laxobre.
Localidad: Arteixo.
Municipio: Arteixo.
Provincia: A Coruña.
Titular: Asociación Agarimo.
Composición resultante:
a) Educación especial: 5 unidades (psíquicos).
b) Ciclos de formación profesional básica:
– Servicios Administrativos.
– Cocina y Restauración.
c) Educación básica para personas adultas:
– Enseñanzas básicas iniciales: nivel I y II.
– Educación secundaria para personas adultas: nivel I y II.
Segundo. Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Tercero. El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tengan que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.
Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en le plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 2 de junio de 2015
Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria