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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 122 Miércoles, 1 de julio de 2015 Pág. 27501

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2015 por la que se convoca un curso de formación en los procedimientos de detección de drogas en controles preventivos para el personal de los cuerpos de la policía local de Galicia.

Dentro de las actividades programadas para el año 2015, la Academia Gallega de Seguridad Pública, en colaboración con la Dirección General de Tráfico, anuncia la convocatoria de un curso de formación en los procedimientos de detección de drogas en controles preventivos para policías locales.

Primeira. Objetivos

Dotar a los policías locales de un mayor nivel de conocimiento y formación acerca de la presencia de drogas distintas al alcohol en los conductores.

Los estudios han demostrado que las drogas se convirtieron en un problema más importante que el alcohol y para ello existen toda una serie de medidas aplicables como parte de las políticas viales, pero sin duda una de las que mayor eficacia han demostrado es la realización de controles en carreteras por parte de los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil y de las policías locales.

Segunda. Contenido

1. Drogas de abuso: aspectos farmacológicos y toxicológicos.

2. Drogas y conducción de vehículos: aspectos normativos, legislativos y procedimentales.

3. Exploración de los signos externos relacionados con el consumo de drogas.

4. Detección de drogas de abuso en fluidos biológicos.

5. Técnicas de detección y sistemas para detectar drogas en fluidos biológicos.

6. Actividad práctica.

Tercera. Destinatarios/as

Personal perteneciente a los cuerpos de la policía local. Tendrán prioridad los policías locales de los ayuntamientos que están participando en el estudio de consumo de sustancias psicoactivas que está desarrollando la DGT y en la intervención sobre consumo de drogas en el ámbito urbano:

1. Marín.

2. Brión.

3. Pontevedra.

4. A Coruña.

5. Ourense.

6. O Porriño.

7. Santiago de Compostela.

8. O Barco de Valdeorras.

9. Ferrol.

10. Arteixo.

11. Ames.

La baja laboral por incapacidad temporal impide la participación en las acciones formativas convocadas, por lo que, de producirse esta situación, los/las interesados/as deberán comunicar tal situación al Servicio de Formación en Seguridad Pública de la Agasp competente en la materia, de forma inmediata. En caso de no hacerlo, serán penalizados con la no participación en las acciones formativas de la Agasp en un año a contar desde el día siguiente a aquel en que se tenga conocimiento del hecho y, en el caso de estar realizando efectivamente un curso, no se emitirá diploma alguno (ni asistencia, ni aprovechamiento) del mismo.

Será revisable la admisión de personas en baja laboral por incapacidad temporal cuando la misma venga producida por accidente de trabajo reconocido como tal y la asistencia al curso no interfiera en su recuperación.

Cuarta. Desarrollo de la actividad

Lugar: Academia Gallega de Seguridad Pública.

Fecha: 13 e 14 de julio de 2015.

Horas lectivas: 20.

Horario día 13: de 9.00 a 14.00 horas y de 15.30 a 20.30 horas; día 14: de 9.00 a 14.30 horas y de 16.00 a 20.00 horas.

Plazas ofertadas: 25.

Quinta. Solicitudes

1. El personal que desee participar en esta jornada deberá cubrir el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp (htpp://agasp.xunta.es). No se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

2. La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas dará lugar a la exclusión automática del curso, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días naturales desde la publicación de esta resolución en el DOG.

Sexta. Admisión

La Agasp publicará en su página web la relación de las personas seleccionadas para participar en el curso, con una antelación mínima de tres días naturales a la fecha de inicio del mismo.

La renuncia no justificada o acreditación documental de la causa que la produce supondrá la exclusión de la persona seleccionada en los siguientes 10 cursos que convoque el Servicio de Formación en Seguridad Pública de la Agasp y en los que la persona figurara como posible destinataria de los mismos, sin contar ediciones repetidas de cursos ya realizados y que, por lo menos, tengan la misma carga horaria que el curso por el que fue penalizado.

Séptima. Asistencia

1. Obligatoria.

2. El alumnado deberá asistir con el uniforme reglamentario.

A Estrada, 19 de junio de 2015

Luis Menor Pérez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública