Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Martes, 21 de julio de 2015 Pág. 30454

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (928/2013).

Yo, Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 928/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Noelia Tourón Besada contra Servimar Innova S.L. y el Fogasa (Fondo de Garantía Salarial), sobre ordinario, se ha dictado sentencia número 107 cuyos encabezamiento y fallo son del tenor literal:

Sentencia.

Santiago de Compostela, 27 de marzo de 2015.

Susana Villarino Moure, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos número 928/2013, promovidos ante este juzgado de lo social, sobre reclamación de cantidad, a instancia de Noelia Tourón Besada, representada por Gilberto Manuel Tourón Couto y asistida por la letrada Laura Rodríguez Rodríguez contra Servimar Innova, S.L., que no comparece, habiendo sido citado el Fogasa, que no comparece, ha pronunciado la siguiente sentencia.

(…)

Fallo:

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada por Noelia Tourón Besada contra Servimar Innova, S.L. y, en consecuencia, condeno a la empresa a abonar a la actora 3.767,45 euros más los intereses del artículo 29.3 del Estatuto de los trabajadores (ET). Condeno al Fogasa a estar y pasar por esta resolución en los términos del artículo 23.6, inciso segundo Ley reguladora de la jurisdicción social (LRJS).

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde su notificación.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

La magistrada jueza.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Servimar Innova, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón del juzgado.

Se le advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 1 de julio de 2015

La secretaria judicial