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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Viernes, 16 de octubre de 2015 Pág. 40361

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 9 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de la infraestructura gasista denominada Antena de aproximación en MOP 10 bar y estación de regulación y medida (ERM) MOP 10/4 bar para suministro de gas natural a Viveiro (Lugo), promovida por la empresa Gas Galicia SDG, S.A. (expediente IN627A 2015/14-0).

A los efectos previstos en los artículos 73 y 104 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, en los artículos 78 y 96 del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, en el artículo 1 del Decreto 62/2010, de 15 de abril, por el que se regula el trámite de competencia y los criterios de valoración en el supuesto de concurrencia de dos o más solicitudes de autorización administrativa de instalaciones de transporte secundario y distribución de gas natural y redes de distribución de gases licuados del petróleo (GLP) y en los artículos 18 de la Ley de expropiación forzosa y 17 de su reglamento, se somete al trámite de información pública la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de la infraestructura gasista denominada «antena de aproximación en MOP 10 bar y estación de regulación y medida (ERM) MOP 10/4 para suministro de gas natural a Viveiro (Lugo)», que promueve la empresa Gas Galicia SDG, S.A. y que está declarada de utilidad pública por el artículo 103 de la citada Ley 34/1998.

• Peticionaria.

Gas Galicia SDG, S.A., con CIF nº A15383284 y con domicilio a efectos de notificación en la calle Lisboa, s/n, Edificio Área Central, local 31-HIJ, 15707 Santiago de Compostela (A Coruña).

• Antecedentes.

El 21.9.2011 la Dirección General de Industria, Energía y Minas dictó resolución por la que se otorgó a Gas Galicia SDG, S.A. la autorización administrativa para la distribución de gas natural canalizado en el término municipal de Viveiro (Lugo), que se publicó en el Diario Oficial de Galicia (31.10.2011) y en el Boletín Oficial de la provincia (9.11.2011). Según consta en este proyecto de autorización administrativa, el suministro de gas natural se proyecta a través de una planta de gas natural licuado (GNL) situada en el parque empresarial de Landrove, y desde la que parte la red de distribución hacia los núcleos urbanos de Covas, Viveiro y puerto de Celeiro.

El 18.11.2011 la Dirección General de Industria, Energía y Minas dictó resolución por la que se aprobó el proyecto de ejecución de las instalaciones de la red de distribución de gas natural en el término municipal de Viveiro, promovido por Gas Galicia SDG, S.A. Según consta en este proyecto de ejecución, la red alcanza una longitud de 23.633 m.

El 14.3.2013 la Dirección General de Industria, Energía y Minas dictó resolución por la que se aprobó el proyecto de ejecución de la planta satélite de GNL para suministro al término municipal de Viveiro. Según consta en este proyecto de ejecución, dicha planta, con una capacidad geométrica de 59,97 m3, se sitúa en la parcela V-40 del parque empresarial de Landrove.

• Objeto de la petición.

El 10.6.2015 la empresa Gas Galicia SDG, S.A. presentó la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de la infraestructura gasista, cuyo proyecto lleva por título «antena de aproximación en MOP 10 bar y estación de regulación y medida (ERM) MOP 10/4 bar en Viveiro (Lugo)».

El 26.6.2015 la Dirección General de Energía y Minas dictó resolución por la que se inició el trámite de competencia para el otorgamiento de dicha autorización administrativa (DOG nº 133, de 16.7.2015), a los efectos previstos en el artículo 5 del Decreto 62/2010, de 15 de abril, por el que se regula el trámite de competencia y los criterios de valoración en el supuesto de concurrencia de dos o más solicitudes de autorización administrativa de instalaciones de transporte secundario y distribución de gas natural y redes de distribución de gases licuados del petróleo (GLP). Durante el plazo establecido (30 días) no se presentaron solicitudes en concurrencia con dicha solicitud de Gas Galicia SDG, S.A., por lo tanto, el trámite de competencia quedó resuelto a favor de esta empresa.

Con esta infraestructura gasista, el suministro de gas natural a la red de distribución del término municipal de Viveiro, inicialmente proyectada desde una planta satélite de GNL, pasará a realizarse desde el gasoducto de transporte básico de la Mariña lucense.

La autorización de instalaciones que se solicita comportará, de acuerdo con lo que establecen los artículos 103 y 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, los beneficios de la declaración de utilidad pública y la necesidad de ocupación urgente a efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados, necesarios para el establecimiento de estas instalaciones y de la imposición y el ejercicio de la servidumbre de paso y de otras limitaciones de dominio.

• Descripción de las instalaciones.

El proyecto titulado «antena de aproximación en MOP 10 bar y estación de regulación y medida (ERM) MOP 10/4 bar en Viveiro (Lugo)» contempla la instalación de una antena de aproximación y de una estación de regulación y medida (ERM), para el suministro de gas natural a la red de distribución de Viveiro.

Las instalaciones de gas objeto de este proyecto se resumen en un total de 1.425 m de tubería de polietileno y acero de diferentes diámetros y su alcance se resume en los siguientes puntos:

– Ejecución de una antena de aproximación en 10 bar, desde la posición de conexión a la red de transporte (ERP 09 - Viveiro del gasoducto de transporte básico de A Mariña lucense), hasta la ERM a instalar.

– Instalación de una ERM MOP 10/4 bar Q 2500 D, que se instalará en Camiño do Cemiterio-Casanova, y que conectará con la red de distribución de Viveiro.

– Instalación de válvulas de corte para la regulación y control del flujo de gas en el interior de la antena y la red de distribución.

• Término municipal afectado.

La solicitud afecta al término municipal de Viveiro, en la provincia de Lugo.

• Presupuesto.

El presupuesto de las instalaciones asciende a la cantidad de noventa y un mil quinientos sesenta y siete euros con doce céntimos (91.567,12 €).

• Afección a fincas particulares.

La afección a fincas particulares derivada de la ejecución del proyecto titulado «antena de aproximación en MOP 10 bar y estación de regulación y medida (ERM) MOP 10/4 bar en Viveiro (Lugo)» se concreta en la siguiente forma:

1. Expropiación forzosa en pleno dominio de los terrenos sobre los que se construirán las instalaciones fijas en superficie.

2. Para las canalizaciones:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso de gas a lo largo del trazado de la conducción, con una anchura de tres (3) metros, uno y medio (1,5) a cada lado del eje, por donde discurrirá enterrada la tubería y cable de comunicación y telemando que se requieran para la conducción del gas. Esta servidumbre que se establece estará sujeta a las siguientes limitaciones de dominio:

– Prohibición de efectuar trabajos de arada, cava o similares a una profundidad superior a cincuenta (50) centímetros, así como de plantar árboles o arbustos de tallo alto.

– Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación, movimiento de tierras o efectuar algún acto que rebaje la cota del terreo o pueda dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones.

– Libre acceso del personal y equipos necesarios para la vigilancia y para mantener, reparar o renovar las instalaciones, con el pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

– Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para ello.

b) Contigua a la zona de servidumbre permanente antes detallada existe una zona de seguridad, definida en la norma UNE 60.305.83 (que se adopta para las canalizaciones de polietileno, de desarrollo posterior, por requerir la misma protección que las tuberías de acero), que se extiende hasta cinco (5) metros a cada lado del eje de la canalización, en la cual la ejecución de excavaciones u obras puede representar un cambio en las condiciones de seguridad de la canalización y en la que no se dan las limitaciones anteriores ni se prohíben las obras incluidas como prohibidas en la zona de servidumbre de paso, siempre que se informe previamente al titular de la instalación para la adopción de las acciones oportunas que eviten los riesgos potenciales para la canalización.

c) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, de la franja que se refleja para cada parcela en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer temporalmente todo obstáculo y se realizarán los trabajos u operaciones necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares afectados por el proyecto titulado «antena de aproximación en MOP 10 bar y estación de regulación y medida (ERM) MOP 10/4 bar en Viveiro (Lugo)», en la relación que se inserta como anexo a esta resolución, para que puedan examinarlo en la Dirección General de Energía y Minas de la Consellería de Economía e Industria, Edificio Administrativo San Caetano, bloque 5, 4ª planta, 15781 Santiago de Compostela, o en la Jefatura Territorial de Lugo de la Consellería de Economía e Industria, ronda de la Muralla, 70, 27071 Lugo, y presentar en dichos centros las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de 20 días a partir del siguiente a la publicación de este anuncio. Los planos parcelarios podrán ser igualmente consultados en el Ayuntamiento de Viveiro.

Santiago de Compostela, 9 de septiembre de 2015

Ángel Bernardo Tahoces
Director general de Energía y Minas

ANEXO
Relación de fincas afectadas por el proyecto de «antena de aproximación en MOP 10 bar y estación de regulación y medida (ERM) MOP 10/4 bar en Viveiro (Lugo)»

Abreviaturas utilizadas: SE-expropiación en pleno dominio; SP-servidumbre permanente de paso; OT-ocupación temporal; POL-polígono; PAR-parcela; LU-Lugo; VI-Viveiro.

Término municipal: Viveiro (Lugo).

Nº de finca

Titular y domicilio

Afección

Catastro

Paraje

Naturaleza

SE (m2)

SP (m2)

OT (m2)

POL

PAR

LU-VI-45

Herederos de Antonio González Posada

Lg. Celeiro, Cangas, 3

27863 Viveiro (Lugo)

0,00

0,00

148,00

5

432

Pedragosa

Prado

LU-VI-46

Herederos de Samuel Labayén Canoura

Castro Camiños, 5

27863 Viveiro (Lugo)

8,00

0,00

17,00

4173824

PJ1347S

CR Ribadeo - Torre 160

Prado