La Orden de 29 de diciembre de 2014 de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras estableció las bases reguladoras y convocó para el año 2015 las ayudas a entidades colaboradoras de pesca fluvial para el fomento de la riqueza piscícola.
Según lo establecido en el artículo 14 de las citadas bases y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de julio, de subvenciones de Galicia, la Dirección General de Conservación de la Naturaleza dará publicidad en el Diario Oficial de Galicia de las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputan, la beneficiaria y la cantidad concedida, y de la finalidad o finalidades de la subvención.
Estas ayudas se financian con cargo al Plan de desarrollo rural sostenible, con una aportación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del 50 % y de la Xunta de Galicia del 50 %, dentro del Convenio entre el Magrama y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la ejecución, seguimiento y evaluación de las acciones incluidas en los planes de zona de sus zonas rurales.
De acuerdo con lo anterior,
RESUELVO:
Hacer pública la aprobación de las ayudas que se relacionan como anexo a esta resolución, ajustándose a los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación, para las que la secretaria general técnica de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en el desarrollo de sus funciones delegadas en las bases reguladoras de estas ayudas, formuló resolución de concesión el 14 de octubre de 2015:
a) Norma reguladora de la convocatoria: Orden de 29 de diciembre de 2014 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades colaboradoras de pesca fluvial para el fomento de la riqueza piscícola y se convocan para el año 2015.
b) Aplicación presupuestaria: 07.05.541B.781.0.
c) Finalidad de la ayuda: fomento de la riqueza piscícola.
d) Destinatarias: sociedades o asociaciones que tengan el nombramiento de entidad colaboradora, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial, y en el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales.
Santiago de Compostela, 5 de noviembre de 2015
Ana María Díaz López
Directora general de Conservación de la Naturaleza
ANEXO
Beneficiaria |
Importe (€) |
Sociedad de caza y pesca de Silleda |
3,618.33 |
Sociedad de caza y pesca de Lalín |
4,550.00 |
Sociedad deportiva Río Ulla |
7,800.00 |
Sociedad de caza e pesca A Laxe |
1,007.50 |
Sociedad de caza y pesca Verdeseixo Ponte Caldelas |
6,061.25 |
Sociedade de pesca deportiva Arenteiro |
5,416.67 |
Sociedade de pesca Alaricana |
2,314.04 |
Sociedade deportiva de pesca Pontegrande |
2,314.04 |
Sociedade de pesca de Laza |
2,024.79 |
Sociedad de caza y pesca Azor |
7,800.00 |
Sociedad de caza y pesca La Venatoria de Bergantiños |
2,148.01 |