Intentadas las notificaciones personales y devueltas por el servicio de Correos al resultar imposible su práctica, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJ-PAC), por la presente resolución se pone en conocimiento de los titulares de los expedientes relacionados en el anexo a esta resolución que el director general del Igape acordó iniciar el procedimiento de incumplimiento de las condiciones impuestas en las resoluciones de concesión de las ayudas otorgadas, con el objeto de determinar el alcance del incumplimiento, que podría dar lugar a la revocación de las ayudas concedidas.
Los actos objeto del presente anuncio no se publican en su integridad en virtud de la cautela prevista en el artículo 61 de la LRJ-PAC. Se les concede a los titulares de los expedientes un plazo de quince días hábiles desde la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia para presentar alegaciones con el fin de justificar la no procedencia de estos presuntos incumplimientos. Los expedientes se ponen de manifiesto a los interesados en este centro directivo, sito en Santiago de Compostela, Complejo Administrativo San Lázaro, s/n.
Santiago de Compostela, 29 de octubre de 2015
Javier Aguilera Navarro
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica