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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Jueves, 3 de diciembre de 2015 Pág. 45551

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (504/2015).

DSP despido/ceses en general 504/2015

Sobre: despido

Demandante: María Dolores Hurtado Ventoso

Abogado: Carlos Alberto Castro Álvarez

Demandado: Chen Jinxiao, Fogasa

María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 504/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Dolores Hurtado Ventoso contra la empresa Chen Jinxiao, Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por María Dolores Hurtado Ventoso contra Chen Jinxiao, debo declarar y declaro la nulidad del despido de la demandante efectuado por la demandada el 30 de abril de 2015, y debo condenar y condeno a Chen Jinxiao a estar y pasar por dicha declaración y, no siendo realizable la readmisión, debo declarar y declaro extinguida a fecha de la presente resolución la relación laboral que unía a la trabajadora demandante María Dolores Hurtado Ventoso con Chen Jinxiao, y debo condenar y condeno a Chen Jinxiao a que le abone a la demandante la suma de 964,04 euros en concepto de indemnización por la extinción de la relación laboral a fecha de la presente resolución, y los salarios dejados de percibir desde la fecha de efectos del despido hasta la presente resolución, que ascienden a 4.272,45 euros, de los cuales deberán descontarse, en su caso, las sumas percibidas por la trabajadora en concepto de prestación de IT y/o prestaciones por razón del embarazo y maternidad.

En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa deberá estarse a lo dispuesto en el artículo 33 del ET.

Notifíquese a las partes y al Ministerio Fiscal la presente resolución, haciéndoles saber que frente a la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Chen Jinxiao, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 16 de noviembre de 2015

La secretaria judicial