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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 249 Jueves, 31 de diciembre de 2015 Pág. 53326

V. Administración de justicia

Audiencia Provincial de Vigo (Sección Quinta)

EDICTO (77/2015).

Modelo: 919950

NIG: 36038 37 2 2015 0504088

Rollo: RJ apelación juicio de faltas 77/2015 MS

Juzgado de procedencia: Juzgado de Instrucción número 5 de Vigo

Procedimiento de origen: juicio de faltas 1749/2014

Recurrente: Nicu Iosif

Recurridos: Ministerio Fiscal, Josefa Mateo Pereira

Yo, María Girón Vidal, secretaria judicial de la Sección 5 de la Audiencia Provincial de Pontevedra, hago saber que en esta sección se sigue el rollo de apelación número 77/2015, dimanante del juicio de faltas 1749/2014 a instancia de Nicu Iosif contra Josefa Mateo Pereira. Se ha acordado notificar la sentencia a Nicu Iosif, con paradero desconocido, la sentencia dictada en fecha 12 de febrero de 2015, dictada en el rollo de referencia y que contiene un fallo cuyo tenor literal es el siguiente:

«Se desestima el recurso de apelación formulado por Nicu Iosif contra la sentencia de 2 de junio de 2014, recaída en los autos de juicio de faltas 1749/2014, seguidos ante el Juzgado de Instrucción número 5 de Vigo, que se confirma con declaración de oficio de las costas procesales de esta alzada.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas de conformidad con lo establecido en el artículo 248.4 de la LOPJ, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Expídase testimonio de la presente resolución para su unión al rollo de sala y devuélvanse los autos originales al juzgado de procedencia con testimonio de esta sentencia para su conocimiento y cumplimiento, tomándose las anotaciones oportunas en los libros registro de esta sección.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Nicu Iosif, que se encuentra en ignorado paradero, expido el presente para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 7 de diciembre de 2015

La secretaria judicial