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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Lunes, 18 de enero de 2016 Pág. 1887

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (181/2011).

Yo, Pilar García de Evan, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento sobre seguridad social 181/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Jesús Nieto Brañas contra Construcciones Rafra, S.L., Mutua Gallega, la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución:

«Sentencia.

Santiago de Compostela, 21 de diciembre de 2015.

Susana Villarino Moure, magistrada-jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos número 181/2011, promovidos ante este juzgado de lo social sobre seguridad social, revisión de grado, a instancia de Jesús Nieto Brañas, asistido y representado por el letrado Francisco Iglesias Gandarela, contra Construcciones Rafra, S.L., que comparece asistida por el letrado Manuel Comendador Rey, contra Mutua Gallega, que comparece asistida y representada por el letrado Ángel Vilela Pascual, y contra el INSS y la TGSS, que comparecen asistidos por el letrado Ángel González Quintas, ha dictado la presente sentencia.

Fallo que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada y, en consecuencia, declaro que el demandante Jesús Nieto Brañas se halla afecto a una prestación de incapacidad permanente total derivada de enfermedad común y condeno a las demandadas a estar y pasar por la presente resolución y al INSS al abono de la prestación correspondiente.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde su notificación.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

La magistrada-jueza».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Construcciones Rafra, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 29 de diciembre de 2015

La secretaria judicial