Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: LIDL Supermercados, S.A.U.
Domicilio social: Beat Oriol, s/n, polígono ind. «La Granja» Montcada i Reixac, 08110 Barcelona.
Denominación: CS y CT de 250 kVA para nave comercial.
Situación: avenida Bértoa, s/n, Carballo.
Características técnicas:
– Centro de seccionamiento en edificio prefabricado de hormigón compartido con el centro de transformación. Celdas prefabricadas de entrada, salida y derivación con interruptores-seccionadores (24 kV, 400 A, 16 kV).
– Centro de transformación anexo al CS con celdas prefabricadas de seccionamiento, protección y medida (24 kV, 400 A, 16 kV) y transformador de 250 kVA, relación 20 kV/420 V refrigeración natural seco.
En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.
Esta autorización se otorga sen perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero); sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
A Coruña, 13 de octubre de 2015
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña


