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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 19 Viernes, 29 de enero de 2016 Pág. 3350

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

ORDEN de 20 de enero de 2016 por la que se hacen públicos los anexos de la Orden de 29 de diciembre de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Galicia en el ejercicio 2016.

El día 30 de diciembre de 2015 se publicó en el DOG la Orden de 29 de diciembre de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma, y se procede a su convocatoria para el año 2016.

Junto con la citada orden no se publicaron los anexos, por lo que es preciso proceder ahora a publicarlos.

En consecuencia con lo anteriormente expuesto, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 4 del Decreto 175/2015, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, en relación con el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

ACUERDO:

Único. Hacer públicos los anexos de la Orden de 29 de diciembre de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma, y se procede a su convocatoria para el año 2016.

Disposición adicional. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las correspondientes solicitudes, previsto en el apartado 1 del artículo 10 de la Orden de 29 de diciembre de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a acciones de fomento de la prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Galicia en el ejercicio de 2016, se entenderá que acaba en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición final. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de enero de 2016

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria

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ANEXO IX
Modelo de justificación técnica o informe final del proyecto

El objetivo de realizar un resumen del proyecto es para facilitar la difusión, en su caso, de sus resultados. Estos resúmenes proporcionarán a las personas interesadas una visión general del proyecto.

En este documento se presentan y se explican los criterios de cobertura necesarios para la realización del resumen, así como el formato y la forma de presentarlos, siguiendo el esquema siguiente:

A. Datos de identificación del proyecto:

1. Título: se indicará el título completo.

2. Autor o autores: en primer lugar, se indicará el nombre de los autores principales y, a continuación, el de los colaboradores.

3. Entidad subvencionada: nombre completo de la entidad y NIF.

4. Fechas de realización: se indicará la fecha de inicio y fin del proyecto global.

5. Cronograma: se presentará un cronograma con el desarrollo de las distintas fases del proyecto.

6. Ámbito territorial: se señalará la dimensión territorial.

6.1. Para proyectos de formación, número de localidades en las que se realiza.

6.2. Para estudios/trabajos técnicos, el territorio estudiado sobre el territorio de implantación del sector.

7. Destinatarios: se señalará a quien va dirigido y se pertenecen a un mismo sector o a diferentes.

8. Acciones del proyecto: se especificarán las distintas acciones que se realizaron para el desarrollo del proyecto, indicando su título, fechas de inicio y fin, beneficiarios, ámbito territorial y una breve descripción de cada una de las actividades que comprenden las acciones.

B. Sinopsis:

Se explicarán los objetivos y los aspectos más relevantes del trabajo. Asimismo, se explicarán, brevemente, los antecedentes, el desarrollo del proyecto y los objetivos conseguidos, con una pequeña síntesis de los resultados o conclusiones.

C. Metodología:

Se trata de proporcionar la información lo más precisa y concreta posible sobre la forma de llevar a cabo el proyecto. En su caso, debe explicarse el método de recogida de la información o de la captación de participantes, objetivos principales y específicos, variables o temática principal a analizar, técnicas de análisis, síntesis de exponer la información, fechas de ejecución y sus destinatarios.

D. Resultados:

Se hará referencia a los resultados concretos y puntuales más importantes de la acciones de formación, de investigación o estudio, de la herramienta implantada, de la difusión, sensibilización o intercambio de experiencias.

E. Utilidad práctica de los resultados en relación con la prevención de riesgos laborales:

Se destacará la aportación que el trabajo supone en el campo de la prevención de riesgos laborales y si el proyecto va a tener continuidad en algún aspecto, realizando, cuando sea posible, una prospectiva del proyecto.

F. Conclusiones finales y posibles recomendaciones:

Se expondrán las conclusiones deducidas de los resultados y se señalarán, cuando sea pertinente, las oportunas recomendaciones para la solución del problema estudiado y su posible aplicación en las empresas.

G. Difusión y explotación de resultados:

Se aportará la información de la producción científica del proyecto: bases de datos, programas informáticos, publicaciones, ponencias... También se incorporará una breve descripción de las acciones de difusión que, en su caso, se realizaron para difundir el proyecto, tanto a su inicio como a su final.

H. Recursos humanos y técnicos:

Se señalarán las personas participantes en el proyecto y los medios técnicos que se precisaron.

Entre los recursos deberán figurar, en su caso, las subcontrataciones realizadas, indicando las tareas encomendadas y la justificación de la necesidad de recurrir a estas subcontrataciones.

I. Bibliografía:

Para el caso de proyectos de investigación y estudio al final del trabajo se ofrecerá una lista con las referencias bibliográficas.

Justificación de actividades de gabinetes técnicos:

Los gabinetes técnicos deberán presentar una ficha por cada una de las actuaciones realizadas al amparo de la presente orden, con la siguiente estructura

Ficha de seguimiento de actuaciones de los gabinetes técnicos:

Nombre del técnico: _____________________________________

Trabajador/empresa asesorada: ___________________________________

Fecha: _____________

Hora de inicio: ____________________

Hora de finalización: ________________

Resumen de la actuación realizada: ______________________________________________________________________________________________________________

ANEXO X
Cuadro de cantidades máximas subvencionables

Concepto

Coste horario

Dietas

Desplazamiento

(por km)

Personal

Personal técnico propio

22,00 €

18,00 €

0,19 €

Personal técnico subcontratado

30,64 €

-

0,19 €

Docente

60,00 €

-

0,19 €

Día

Máximo

Ponente mesa redonda

-

-

-

180,00 €

-

Ponente conferencias

-

-

-

250,00 €

-

Coordinación

cursos

Coordinación externa

(subcontratación)

22,00 €

-

0,19 €

-

300,00 €

Coordinación interna

22,00 €

-

0,19 €

-

300,00 €

Coordinación jornadas

120,00 €

300,00 €

Medios técnicos-importe/día

Alquiler sala

120,00 €

Alquiler medios para teoría

Precio mercado

Alquiler medios prácticos

Precio mercado

Material trabajos de investigación

35 % presupuesto de personal

Redacción libros, manuales, etc.

Por página

Máximo

Supervisión

-

400,00 €

Autoría

10,00 €

2.000,00 €