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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 37 Miércoles, 24 de febrero de 2016 Pág. 6873

III. Otras disposiciones

Fondo Gallego de Garantía Agraria

RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2016 por la que se da publicidad a la denegación de ayudas de pago único de la campaña 2014-2015.

Mediante la Orden de 18 de febrero de 2014 (Diario Oficial de Galicia núm. 37, de 24 de febrero) la Consellería del Medio Rural y del Mar reguló la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y las ayudas al desarrollo rural para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en el año 2014.

El artículo 28 de la citada orden dispone que las resoluciones podrán ser notificadas de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. De conformidad con lo establecido en dicho artículo, la notificación se realizará mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Por otra parte, de conformidad con el artículo 7.1 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el Decreto 7/2014, de 16 de enero, por el que se aprobaron los estatutos del organismo autónomo Fondo Gallego de Garantía Agraria (de aquí en adelante Fogga), se atribuyó a la Dirección del Fogga la potestad de resolver los procedimientos de concesión de ayudas que se tramiten en el ámbito de sus competencias.

Base legal:

Orden de 18 de febrero de 2014 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en el año 2014.

Previo informe de la Subdirección General de Gestión de la PAC y de acuerdo con la propuesta de resolución de la Dirección del Fondo Gallego de Garantía Agraria de la Consellería del Medio Rural,

RESUELVO:

Denegar las ayudas de pago único correspondientes a la campaña 2014-2015 a los solicitantes relacionados en el anexo y por los motivos indicados en el mismo.

Dicho anexo, junto con esta resolución, se publicará en la página web del Fondo Gallego de Garantía Agraria: http://www.medioruralemar.xunta.es/fogga/

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la presidenta del Fogga, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 del Decreto 7/2014, de 16 de enero, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. La presentación del recurso podrá hacerse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Santiago de Compostela, 11 de febrero de 2016

Belén María do Campo Piñeiro
Directora del Fondo Gallego de Garantía Agraria