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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 68 Lunes, 11 de abril de 2016 Pág. 12974

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (581/2012).

María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 581/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Rosendo Rodríguez Vieites contra Ferreira y Rodríguez, S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia con el número 31/2016, de fecha 14 de marzo de 2016, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Rosendo Rodríguez Vieites, respecto de quien se ha acordado la sucesión procesal en las personas de sus herederos María Lourdes Castro Cela, Raúl Rodríguez Castro, Emilio José Rodríguez Castro y Alejandro Rodríguez Castro, contra Ferreira y Rodríguez, S.L., debo condenar y condeno a la mercantil demandada a abonar a los sucesores procesales del demandante la suma de 5.471,10 euros por los conceptos indicados en el hecho probado quinto de esta resolución, más los intereses previstos en el artículo 29.3 del ET sobre dicha cantidad, desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación hasta la presente resolución, y los del artículo 576 de la LEC a partir de la presente resolución, así como al abono de las costas procesales, con inclusión de los honorarios de la letrada de la parte demandante por importe de 200 euros.

En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa, deberá estarse a lo que resulte conforme a la aplicación del artículo 33 del ET.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Ferreira y Rodríguez, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su fijación en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 17 de marzo de 2016

La secretaria judicial