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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 76 Jueves, 21 de abril de 2016 Pág. 14689

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 5 de abril de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los Premios Camino de Santiago y se procede a su convocatoria para el año 2016.

BDNS (Identif.): 303916

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

1. Podrán participar en esta convocatoria, según las categorías establecidas:

a) En la primera categoría, los ayuntamientos, las agrupaciones de ayuntamientos de Galicia, mancomunidades de ayuntamientos de Galicia, los consorcios locales gallegos y las áreas metropolitanas, si las hubiere, u otras entidades locales de Galicia que presenten un proyecto.

A efectos de esta resolución, se considera agrupación de ayuntamientos una candidatura suscrita por dos o más ayuntamientos.

b) En la segunda categoría, las asociaciones de amigos del Camino de Santiago legalmente constituidas.

c) En la tercera categoría, las personas físicas o las personas jurídicas constituidas bajo cualquier forma mercantil o civil y las comunidades de bienes que estén comprendidas en la definición de pequeña y mediana empresa (pyme).

d) En la cuarta categoría, modalidad a), las universidades, centros de investigación o investigadores independientes.

e) En la cuarta categoría, modalidad b), los centros de enseñanza de educación primaria y secundaria de Galicia.

Segundo. Objeto

Concesión de los Premios Camino de Santiago como un reconocimiento institucional y social a las iniciativas destinadas a conservar, mejorar y embellecer el entorno de las distintas rutas del Camino de Santiago, así como a aquellas otras que supongan nuevos servicios o la mejora de aquéllos que se prestan a los peregrinos, y a las acciones específicas de divulgación y promoción, de manera que se contribuya a un aumento de la conservación, promoción y difusión, así como a la puesta en valor del Camino de Santiago, de la cultura jacobea y de su patrimonio.

Los Premios Camino de Santiago constarán de las siguientes categorías:

1ª categoría: destinada a distinguir las iniciativas o actuaciones presentadas por los ayuntamientos, las agrupaciones de ayuntamientos, las mancomunidades, los consorcios locales, las áreas metropolitanas, si las hubiere, u otras entidades locales, todos ellos de la Comunidad Autónoma de Galicia y por los que discurra cualquiera de las rutas del Camino de Santiago.

2ª categoría: destinada a distinguir las iniciativas o actuaciones presentadas por las asociaciones de amigos del Camino de Santiago.

3ª categoría: destinada a distinguir las iniciativas o las actividades desarrolladas por las personas físicas o las personas jurídicas constituidas bajo forma mercantil o civil y las comunidades de bienes que estén comprendidas en la definición de pequeña y mediana empresa (pyme).

4ª categoría: destinada a distinguir las iniciativas o las actividades de carácter académico, investigador o educativo, con dos modalidades:

a) Los trabajos de investigación y estudio del Camino de Santiago y de la peregrinación y/o cultura jacobea, y/o del patrimonio cultural ligado al Camino de Santiago desarrollados por centros de investigación, universidades o similares.

b) Los trabajos de carácter educativo relacionados con la temática del Camino de Santiago llevados a cabo por los centros de enseñanza de educación primaria y secundaria de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 5 de abril de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de los Premios Camino de Santiago y se procede a su convocatoria para el año 2016.

Cuarto. Importe

El importe total es de 75.000 euros.

– Para los premios de la 1ª categoría: importe máximo de 20.000 euros.

– Para los premios de la 2ª categoría: importe máximo de 20.000 euros.

– Para los premios de la 3ª categoría: importe máximo de 20.000 euros.

– Para los premios de la 4ª categoría: importe máximo de 15.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Plazo de aceptación o renuncia al premio

El plazo para la aceptación o renuncia al premio será de 10 días hábiles desde la notificación de la resolución de la concesión.

Santiago de Compostela, 5 de abril de 2016

Mª Nava Castro Domínguez
Directora de la Agencia Turismo de Galicia