Advertidos errores en la publicación del Decreto 37/2016, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de casinos de juego de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el Diario Oficial de Galicia núm. 67, de 8 de abril, procede hacer las oportunas correcciones en el sentido que se indica a continuación:
En la página 12511, en donde dice: «Artículo 14. Vigencia y renovación de las autorizaciones y transmisión de las autorizaciones», debe decir: «Artículo 14. Vigencia y renovación de las autorizaciones».
En la página 12517, donde dice: «3. Cualquier variación de los datos que consten en el certificado de inscripción en el Registro de Casinos de Juegos no comprendidos en el apartado 1 deberá ser comunicada, mediante modelo normalizado del anexo V, al órgano competente en materia de juego en el plazo máximo de un mes desde que se produzcan y se deberá, en su caso, adjuntar a dicha comunicación la documentación acreditativa de los cambios comunicados», debe decir: «3. Cualquier variación de los datos que consten en el permiso de apertura del casino de juegos no comprendidos en el apartado 1 deberá ser comunicada, mediante modelo normalizado del anexo V, al órgano competente en materia de juego en el plazo máximo de un mes desde que se produzcan, y se deberá, en su caso, adjuntar a dicha comunicación la documentación acreditativa de los cambios comunicados».