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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 105 Viernes, 3 de junio de 2016 Pág. 22018

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 20 de mayo de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la ejecución de proyectos de los grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación (AEI) y para el apoyo de proyectos piloto para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el ámbito agroforestal, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2016.

BDNS (Identif.): 307860.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

1. Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las subvenciones objeto de la presente orden los grupos operativos de la AEI constituidos a efectos del desarrollo de un proyecto innovador. Según la redacción del artículo 35 del Reglamento 1305/2013, de 17 de diciembre, en la iniciativa de cooperación deberán intervenir, como mínimo, dos actores. Los grupos operativos estarán formados, por lo menos, por una entidad relacionada con la producción agrícola o forestal, incluidas las entidades interprofesionales del sector. Tendrá preferencia la participación de un centro de innovación o tecnológico de naturaleza pública o privada.

Podrán acceder también:

a) Entidades sin ánimo de lucro que promuevan la investigación, la innovación y el desarrollo del medio rural, así como las que desarrollen actividades de promoción, asesoramiento, dinamización o financiación de proyectos en los ámbitos agrario o forestal.

b) Entidades asesoras en la conservación o uso sostenibles de los recursos naturales.

c) Otras entidades con intereses reconocidos en el ámbito rural.

2. También podrán acceder a la condición de beneficiario de las subvenciones objeto de la presente orden:

a) Organizaciones o entidades relacionadas con la producción primaria en agricultura y/o silvicultura.

b) Empresas o industrias transformadoras del sector agrario, alimentario y forestal o del área de energías renovables de origen agrícola y forestal.

En la realización de la actividad subvencionada podrán participar, además de los beneficiarios regulados en el punto 2, los agentes cooperantes, pudiendo adquirir tal condición las siguientes entidades:

a) Productores del sector agroforestal y sus asociaciones y otras organizaciones o entidades relacionadas con la producción primaria.

b) Centros de investigación y experimentación de la Consellería del Medio Rural y centros tecnológicos participados por ella, así como otros centros públicos de investigación de la comunidad autónoma.

c) Entidades sin ánimo de lucro que promuevan la investigación, la innovación y el desarrollo del medio rural, así como las que desarrollen actividades de promoción, asesoramiento, dinamización o financiación de proyectos en los ámbitos agrario o forestal.

d) Entidades asesoras en la conservación o uso sostenibles de los recursos naturales.

e) Otras entidades con intereses reconocidos en el ámbito rural.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de las subvenciones para la ejecución de proyectos de grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, y para la realización de acciones de cooperación para la implantación de proyectos piloto, desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías en los sectores agroalimentario, agrícola y forestal, y convocar estas ayudas, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para el año 2016.

En ningún caso se financiarán proyectos de investigación básica.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 20 de mayo de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la ejecución de proyectos de los grupos operativos de la Asociación Europea de la Innovación (AEI) y para el apoyo de proyectos piloto para el desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías en el ámbito agroforestal, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2016.

Cuarto. Importe

La financiación de las iniciativas de cooperación seleccionadas al amparo de esta convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 13.02.561A.770.0, código de proyecto 201600217, por un valor total de 3.297.023,08 euros, distribuidos en las siguientes anualidades: 2.153.019,08 euros en 2016 y 1.144.004,00 euros en 2017. Este importe se podrá incrementar en los supuestos previstos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de julio, de subvenciones de Galicia.

Asimismo, habrá la siguiente distribución para cada una de las dos modalidades de ayuda:

a) Ayudas para la ejecución de proyectos de grupos operativos (GO) de la Asociación Europea de la Innovación (AEI), bajo la submedida 16.12, en materia de productividad y sostenibilidad agrícola y forestal, por un importe de 1.648.511,54 euros, repartidos en 1.076.509,54 euros para el año 2016 y 572.002,00 euros para el año 2017.

b) Ayudas para la implantación de proyectos piloto, desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías en los sectores agroalimentario, agrícola y forestal, bajo la submedida 16.20, por un importe de 1.648.511,54 euros, repartidos en 1.076.509,54 euros para el año 2016 y 572.002,00 euros para el año 2017.

La determinación de la cuantía de las ayudas se realizará en función del número de solicitudes presentadas y de la disponibilidad presupuestaria, de acuerdo con los criterios de priorización que se establecen en las bases reguladoras. Se tendrán en cuenta los importes siguientes por línea de ayuda:

a) Las ayudas a la ejecución de proyectos de grupos operativos de la AEI será del 100 % de los costes subvencionables, estableciéndose un importe máximo por solicitud de 200.000 euros y un importe mínimo por solicitud de 12.000 euros.

b) La intensidad de la ayuda a los proyectos piloto, desarrollo de nuevos productos, prácticas, procesos y tecnologías será del 80 % de los gastos subvencionables. Para el cálculo de los importes de las ayudas se establecerán costes de referencia con límites máximos admisibles para algunos tipos de gastos, en particular para los relativos a la adquisición o mejora de bienes de equipo y fungibles.

La cuantía máxima subvencionada en cada iniciativa de cooperación será de 200.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes es de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de mayo de 2016

Carmen Bouso Montero
Secretaria general técnica de la Consellería del Medio Rural