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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 120 Lunes, 27 de junio de 2016 Pág. 26960

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2016, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sobre aprobación definitiva de la modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento del ayuntamiento de Maside en el núcleo rural complejo de A Lamasaída.

El Ayuntamiento de Maside, conforme a lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (LOUG), remite el expediente de referencia para su aprobación definitiva.

Examinada la documentación aportada por el Ayuntamiento de Maside y vista la propuesta suscrita por la Subdirección General de Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

I.1. El Ayuntamiento de Maside dispone actualmente de Normas subsidiarias de planeamiento aprobadas definitivamente el 29.10.1985, que tuvieron seis modificaciones puntuales.

I.2. La tramitación de la modificación puntual fue la siguiente:

• El 23.4.2013 la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental declaró la no necesidad de someter a evaluación ambiental estratégica la modificación puntual para la delimitación del núcleo rural de A Lamasaída (DOG 21.5.2013).

• Constan informes municipales: técnico, de 6.5.2013, y jurídico, de 16.5.2013.

• El 19.7.2013 la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo emitió informe previo a la aprobación inicial de la modificación puntual, con consideraciones.

• Constan nuevos informes municipales, técnicos, de 23.7.2013 y 18.11.2013; y jurídico, de 20.11.2013.

• El Ayuntamiento Pleno de 27.11.2013 aprobó inicialmente la modificación puntual y la sometió a información pública durante dos meses mediante anuncios en los diarios La Región de 13.12.2013, y La Voz de Galicia de 18.12.2013; y en el DOG de 30.12.2013. No se presentó alegación alguna.

• Se dio audiencia a los municipios limítrofes de O Carballiño, San Amaro, San Cristovo de Cea, Punxín y Amoeiro, sin que contestara ninguno de ellos.

• Constan informes de la Diputación Provincial de Ourense de 14.1.2014 (desfavorable) y de 19.2.2014, favorable.

• Consta informe favorable, de 17.1.2014, de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

• Consta informe favorable, de 17.2.2014, de la Subdirección General de Redes y Operadores de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

• Consta informe de 21.5.2014 de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, en el que solicita al Ayuntamiento que se complete determinada documentación.

• Consta informe favorable, de 23.9.2014, de la Dirección General del Patrimonio Cultural, con unas condiciones a cumplir.

• Se solicitó, además, informe a Augas de Galicia de la Consellería de la CMATI, sin que conste contestación. Existe informe en la fase de tramitación ambiental señalando que deben tenerse en cuenta los planes de abastecimiento y saneamiento de Galicia.

• El Ayuntamiento Pleno de 4.2.2015 aprobó provisionalmente la modificación puntual con las modificaciones requeridas en los informes sectoriales emitidos.

• Consta informe favorable de 5.2.2015 de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.

• El Pleno de 27.4.2015 y 7.10.2015 aprobó provisionalmente la modificación.

• Consta nuevo informe favorable, de 3.12.2015, de la Diputación Provincial.

• El Ayuntamiento Pleno de 30.12.2015, aprobó de nuevo provisionalmente la modificación puntual de las NSPM de Maside en el núcleo complejo de A Lamasaída.

II. Análisis y consideraciones.

II.1. El ámbito de actuación es el núcleo rural de A Lamasaída y su entorno inmediato, afectando según las NSP vigentes, a suelo de núcleos rurales y a suelo no urbanizable (actualmente rústico). La superficie total del ámbito es de 28.555,33 m2 de los que después de la modificación corresponden 11.785 m2 a núcleo rural histórico-tradicional; 10.252 m2 a núcleo rural común; y 6.518,33 m2 a suelo no urbanizable (actualmente rústico).

II.2. El objeto de la modificación puntual es la redelimitación y ordenación normativa del núcleo rural de A Lamasaída, en concordancia con lo establecido en la disposición transitoria primera e) de la Ley 2/2010.

II.3. En la propuesta se excluyeron de la delimitación del núcleo rural parcelas ubicadas en la parte sureste del ámbito y la parte suroeste se califica como suelo de núcleo rural histórico tradicional, justificando los grados de consolidación previstos en el artículo 13 de la LOUG.

II.5 La modificación puntual incorpora una nueva ordenanza para el suelo de núcleo rural histórico tradicional. En el plano D6 –Alineaciones y tipos de viarios– se completan el trazado viario y las alineaciones del núcleo rural. En la propuesta se recogen los elementos catalogados y su perímetro de protección, incluidos los hórreos afectados por el Decreto 449/1973, de 22 de febrero, por el que se colocan bajo la protección del Estado los hórreos o cabazos antiguos existentes en Asturias y Galicia.

De acuerdo con el punto 2 de la disposición adicional segunda de la LOUG, y con el artículo 3.a en relación con la disposición transitoria segunda del Decreto 129/2015, de 8 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, la competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de los expedientes de delimitación de suelo de núcleos rurales le corresponde a la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

III. Resolución

Visto cuanto antecede,

RESUELVO:

1. Aprobar definitivamente la modificación puntual de las Normas subsidiarias de planeamiento municipal de Maside, en el núcleo rural complejo de A Lamasaída.

2. Contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

3. Notifíquese al Ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de mayo de 2016

María Encarnación Rivas Díaz
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo

ANEXO

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