El 27 de febrero de 2010 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real decreto 196/2010, de 26 de febrero, por el que se establecen medidas para facilitar la reinserción laboral, así como el establecimiento de ayudas especiales para los trabajadores afectados por los expedientes de regulación de empleo 76/2000, de 8 de marzo de 2001, y 25/2001, de 31 de julio.
El 4 de octubre de 2011 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 20 de septiembre de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria pública para la concesión de subvenciones al amparo del Real decreto 196/2010, de 26 de febrero, por el que se establecen medidas para facilitar la reinserción laboral, así como el establecimiento de ayudas especiales a los trabajadores afectados por los expedientes de regulación de empleo 76/2000, de 8 de marzo de 2001, y 25/2001, de 31 de julio.
Posteriormente, mediante el Real decreto 1783/2011, de 16 de diciembre, se modificó el Real decreto 196/2010, de 26 de febrero, estableciendo una ayuda adicional a la prevista en este para los trabajadores afectados por los expedientes de regulación de empleo citados, desempleados mayores de cincuenta y dos años, a los exclusivos efectos de financiar la suscripción de un convenio especial con la Seguridad Social por la pérdida del nivel de cotización que pudiesen sufrir tales trabajadores como consecuencia de la pérdida de empleo.
Por lo tanto, para recoger lo previsto en el Real decreto 1783/2011, de 16 de octubre, se modifica la Orden de 20 de septiembre de 2011 a efectos de regular dicha ayuda adicional, modificación realizada por la Orden de 31 de octubre de 2013.
La financiación del gasto de la subvención especial y de la cuantía adicional procede de transferencias de fondos del Servicio Público de Empleo Estatal, que se consigna en su presupuesto tal y como establece el artículo 3.2 del Real decreto 196/2010, de 26 de febrero.
Con la finalidad de proceder al abono de la subvención a los trabajadores afectados por los expedientes de regulación de empleo 76/2000, de 8 de marzo de 2001, y 25/2001, de 31 de julio, correspondiente al ejercicio 2016, se procederá a publicar la presente resolución.
Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades que me fueron concedidas,
RESUELVO:
Artículo 1. Publicidad del crédito para el ejercicio 2016
1. El abono de la subvención especial así como de la cantidad adicional, devengadas en el ejercicio 2016 a los trabajadores afectados por los expedientes de regulación de empleo 76/2000, de 8 de marzo de 2001, y 25/2001, de 31 de julio, se financiarán con cargo a los créditos generados en la aplicación 09.41.322A.480.2, código de proyecto 2013 00 544, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2016, por un importe total de 250.000 euros.
2. En cuanto al procedimiento de aprobación del gasto y abono de las ayudas establecidas en esta resolución, se observará lo dispuesto en el artículo 31.4 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en la Orden de 20 de septiembre de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras y en la convocatoria pública para la concesión de subvenciones al amparo del Real decreto 196/2010, de 26 de febrero, por el que se establecen medidas para facilitar la reinserción laboral así como el establecimiento de ayudas especiales a los trabajadores afectados por los expedientes de regulación de empleo 76/2000, de 8 de marzo de 2001, y 25/2001, de 31 de julio, modificada por la Orden de 31 de octubre de 2013.
Disposición final
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 6 de junio de 2016
José Alfonso Marnotes González
Director general de Orientación y Promoción Laboral