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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Jueves, 30 de junio de 2016 Pág. 27747

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (205/2016).

Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 205/2016 a instancia de Santiago Vilariño Serrano contra la empresa Sánchez y Ces Promociones Inmobiliarias, S.L., el Fondo de Garantía Salarial sobre resolución de contrato y cantidad, en los que recayó sentencia en fecha 31 de mayo de 2016 que copiada en los particulares necesarios dice así:

Fallo

Se estima parcialmente la demanda formulada por Santiago Vilariño Serrano frente a la empresa Sánchez y Ces Promociones Inmobiliarias, S.L. y al Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

– Se declara extinguida, con fecha de la presente resolución, la relación laboral que une al trabajador demandante con la empresa Sánchez y Ces Promociones Inmobiliarias, S.L.

– Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial de las pretensiones de condena frente a él dirigidas.

– Se condena a la empresa Sánchez y Ces Promociones Inmobiliarias, S.L. a abonar al demandante las siguientes cantidades:

Veintitrés mil seiscientos veinte euros con cuarenta y ocho céntimos de euro (23.620,48 euros) en concepto de indemnización, devengando intereses legales desde la interpelación judicial.

Once mil trescientos euros (11.300 euros) en concepto de salarios pendientes de pago devengando, los conceptos salariales el interés moratorio del 10 %.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución bastando la manifestación de la parte o de su abogado o graduado social colegiado, o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Sánchez y Ces Promociones Inmobiliarias, S.L. expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 7 de junio de 2016

La secretaria judicial