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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Jueves, 4 de agosto de 2016 Pág. 34597

III. Otras disposiciones

Academia Gallega de Seguridad Pública

RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2016 por el que se convocan cursos de formación continua para el personal de la seguridad pública que trabaja en Galicia.

Aprobado el programa anual de actividades para el año 2016 de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp) por el Consejo Rector en su junta de fecha 11 de febrero de 2016, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.2.b) de la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Agasp, se convocan los cursos de formación continua dirigidos a los/a las policías locales de Galicia, correspondientes al segundo semestre del año 2016, cuyas bases y características se especifican en los anexos de esta resolución.

A Estrada, 21 de julio de 2016

El director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública
P.A. (Artículo 2.p)  del Decreto 24/2010, de 25 de febrero)
Ramón Quiroga Limia
Secretario general de la Academia Gallega de Seguridad Pública

ANEXO I

Bases

Primera. Destinatarios

Podrán participar en los cursos convocados por esta resolución los/las policías locales de Galicia que se encuentren en situación de servicio activo o excedencia por cuidado de familiares.

La baja laboral por incapacidad temporal impide la participación en las acciones formativas convocadas, por lo que, de producirse esta situación, los/las interesados deberán comunicarlo a la Agasp de manera inmediata, en el caso de no hacerlo, serán penalizados con la no participación en acciones formativas de la Agasp en un año a contar desde el día siguiente a que se tenga conocimiento del hecho y, en el caso de estar realizando efectivamente un curso, no se emitirá diploma alguno del mismo.

Será revisable la admisión de personas en baja laboral por incapacidad temporal cuando la misma venga producida por accidente de trabajo reconocido como tal y la asistencia al curso no interfiera en la recuperación.

Asimismo, se reservará un máximo del 10 % de las plazas ofertadas en esta convocatoria al personal de las fuerzas y cuerpos de seguridad pública que trabajen en Galicia y lo soliciten en tiempo y forma correctos.

Si las solicitudes para participar en un curso no superan las 10 personas, la Agasp se reservará la facultad de anular la actividad formativa.

Segunda. Solicitudes

1. El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp (htpp://agasp.xunta.es). No se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.

Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp, mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y lo telefoneo móvil, con el objeto de posibles comunicaciones, en el supuesto de no ser correctos o exactos dichos datos, la Agasp no es responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.

2. La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas solicitantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cumplimentados correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten el modelo normativizado o sean presentadas fuera de plazo.

4. En el caso de encontrarse en alguno de los supuestos que a continuación se indican, el/la solicitante deberán remitir a la Agasp, en el mismo plazo establecido para el envío de la solicitud de inscripción, la certificación original o fotocopia legalizada que acredite tal situación (no será preciso si tal documentación ya obra en poder de la Agasp, en este caso, deberán comunicarlo en la propia solicitud).

a) Profesionales que estén disfrutando o disfrutasen en los dos últimos años de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de jornada o de una excedencia por cuidado de familiares

5. Cuando el curso para el que presenta solicitud requiera la presentación de documentación complementaria con el objeto de acreditar circunstancias específicas de acuerdo con los criterios de selección, deberá remitir tal documentación por fax (886 20 61 22) por correo electrónico (formación.agasp@xunta.es) o de acuerdo con lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

6. El plazo de presentación de solicitudes será desde las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG hasta las 14.00 horas del día 5 de septiembre de 2016.

En el supuesto de las plazas reservadas para el personal de la Policía Nacional, Guardia Civil y Policía Autonómica, sus responsables deberán indicar la cobertura de las mismas al servicio de formación en seguridad pública, con una antelación mínima de 10 días naturales antes del comienzo de cada curso.

Los miembros de la Policía Autonómica, Guardia Civil y Policía Nacional podrán solicitar de forma individual la realización de los cursos de esta convocatoria en los que estén interesados.

7. El número máximo de cursos que se pueden solicitar en esta convocatoria se limita a 5.

En el caso de que una misma persona presente más solicitudes de las permitidas, la Agasp de manera automática elegirá las primeras 5 acciones formativas solicitadas.

8. No esta permitida la realización de cursos que tenga simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales. Cuando el alumnado tenga conocimiento de que fue seleccionado, para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en el que ya fue seleccionado debe renunciar a uno de ellos. En el caso de que se compruebe con posterioridad la realización simultánea de varias actividades, no se expedirá certificación de ninguna de ellas y el/a alumno/a no podrá participar en otros cursos durante un año desde que se detecte este hecho.

Tercera. Criterios generales de selección

Los criterios generales de selección son los que a continuación se indican, sin perjuicio de que para cursos específicos se requieran otros diferentes, lo cual se indicará en la ficha de cada acción formativa concreta.

1. Menor número de cursos realizados en la Agasp en los dos últimos años

2. Por orden de inscripción

Tendrán preferencia en la selección los/las candidatos/as que estén disfrutando o disfrutasen, en los dos últimos años, de una licencia de maternidad, de un permiso de paternidad, de una reducción de la jornada o de una excedencia para el cuidado de familiares, siempre que cumplan con los requisitos objetivos para ser destinatarios del curso.

Además, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, en los cursos, jornadas u otras actividades formativas, se reservará un 50 % de las plazas a mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria.

Cuarta. Admisión

1. La Agasp publicará en su página web la relación de personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas con, por lo menos, 10 días naturales antes del inicio de cada curso.

El plazo de presentación de alegaciones será de dos días hábiles desde su publicación.

Los/las alumnos/as seleccionados serán informados de su selección a través del correo electrónico y de la mensajería telefónica, todos aquellos que no figuren en la relación no fueron seleccionados, bien porque ocupan un puesto más alejado en la lista de reservas bien porque fueron excluidos por algún motivo de los expresados en esta convocatoria, todo de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.6.b) de la LRJPAC.

La Agasp se reserva el derecho de solicitar a los ayuntamientos de procedencia todos aquellos datos que considere necesarios para la adecuada realización de la selección.

2. El alumnado seleccionado sólo podrá renunciar al curso por causas de fuerza mayor suficientemente justificadas o necesidades del servicio, siempre que se acredite documentalmente el hecho alegado por el jefe/a del cuerpo de la policía local del ayuntamiento en el que trabaje o persona responsable del mismo.

En el caso de cambios de cuadrante o turnos de trabajo, deberán quedar acreditados suficientemente los motivos de los mismos y que se conocieron con posterioridad a la solicitud de inscripción en el curso.

La renuncia debe ser comunicada por escrito a través del modelo que figura en la página web de la Agasp y con una antelación de 3 días hábiles al inicio del curso, con el fin de poder cubrir la vacante.

La renuncia no justificada o la no acreditación documental de la causa que la produce supondrá la exclusión de la persona seleccionada en los siguientes 10 cursos que se convoquen por el Servicio de Formación en Seguridad Pública de la Agasp y en las que la persona figurara como posible destinataria, sin contar ediciones repetidas, cursos ya realizados y que, al menos, tengan la misma carga horaria del curso por el que fue penalizado.

Quinta. Asistencia a los cursos

1. Es obligatoria la asistencia con puntualidad a todas las sesiones de los cursos.

Durante la realización de los cursos se llevará un control permanente de la asistencia a través de los sistemas que se establezcan al efecto, pudiendo realizarse controles de asistencia extraordinarios.

Únicamente se autorizará la ausencia por causas justificadas y debidamente acreditadas y, en ningún caso, podrá superar el 10 % de las horas lectivas.

La ausencia justificada superior al 10 % del total de las horas lectivas supondrá la pérdida del derecho a la expedición del diploma, en el caso de haber una segunda edición del curso en cuestión, el Servicio de Formación en Seguridad Pública podrá valorar la posibilidad de que el/la alumno/a pueda recuperar las horas no realizadas en la edición anterior. En todo caso, para poder valorar esta posibilidad no pueden transcurrir más de seis meses entre una edición y la siguiente.

La falta de asistencia de un número superior al 10 % de las horas lectivas sin justificación o falta de acreditación documental de la causa alegada no sólo dará lugar a la pérdida del derecho al diploma del curso, sino también a la penalización con la no participación en cursos de la Agasp durante un año, a contar desde el día siguiente al de la finalización del curso.

2. El alumnado asistirá a los cursos con el uniforme reglamentario. En el caso de no hacerlo, y que no exista causa suficientemente justificada, la Agasp podrá impedir la asistencia al curso y no emitirá diploma ni certificado acreditativo alguno.

Sexta. Certificación

1) Para poder superar los cursos el alumnado deberá superar una prueba de evaluación que se llevará a cabo a la finalización de los mismos.

Séptima. Desarrollo de los cursos

1. La Agasp podrá suspender la realización de actividades formativas convocadas cuando sea necesario por motivos técnicos o insuficiencia de solicitudes de participación.

2. La Agasp podrá modificar las fechas, horarios, contenidos y desarrollo de los cursos, así como resolver todas las contingencias e incidencias que puedan surgir, sin necesidad de una nueva publicación en el DOG.

3. La Agasp podrá programar cursos diferentes cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a la organización, gestión y docencia.

ANEXO II

Código

Denominación

Horas

Plazas

Fecha comienzo

Fecha finalización

161117

Documentación de conductores y vehículos

20

25

12.9.2016

14.9.2016

161123

Videovigilancia y actividad policial

8

30

12.9.2016

12.9.2016

161118

Autocad

25

30

14.9.2016

28.9.2016

161119

Competencias emocionales para profesionales de los cuerpos y fuerzas de seguridad

16

25

14.9.2016

15.9.2016

161121

Delitos contra la seguridad viaria: casuística e instrucción de atestados

25

25

19.9.2016

21.9.2016

161122

Protección de datos y actividad policial

8

30

19.9.2016

19.9.2016

161124

Victimología

8

30

22.9.2016

22.9.2016

161125

Desa

8

16

26.9.2016

26.9.2016

161132

Localización, navegación y rescate en vehículos 4 × 4

16

16

26.9.2016

27.9.2016

161134

Prevención de riesgos en las pruebas deportivas de motor*

8

20

28.9.2016

28.9.2016

161135

Prevención de riesgos en las pruebas deportivas de motor*

8

20

29.9.2016

29.9.2016

161143

Investigación de siniestros viarios con fuga

20

25

3.10.2016

5.10.2016

161147

Protección a víctimas de delitos violentos

20

20

3.10.2016

5.10.2016

161148

Reformas del código penal

20

25

4.10.2016

6.10.2016

161149

Eficacia en los equipos policiales

25

25

4.10.2016

28.10.2016

161150

Avanzado de reconstrucción de accidentes de tráfico*

65

25

6.10.2016

24.11.2016

161151

La actuación policial: colaboración para una justicia eficaz

25

25

10.10.2016

24.10.2016

161152

Comercio interior y consumo

16

25

10.10.2016

11.10.2016

161153

Fotografía policial operativa

32

20

10.10.2016

18.10.2016

161155

Reducción de personas violentas y/o bajo la influencia del alcohol o las drogas

12

20

19.10.2016

20.10.2016

161156

Tráfico ilícito de vehículos*

20

25

24.10.2016

26.10.2016

161157

Extranjería

25

25

25.10.2016

27.10.2016

161158

Aplicación y páginas web de tráfico

20

25

26.10.2016

28.10.2016

161159

Inspección policial de establecimientos públicos y actividades recreativas

20

25

2.11.2016

4.11.2016

161160

Control de drogas

15

20

7.11.2016

8.11.2016

161161

Intervención en inmuebles

20

16

8.11.2016

17.11.2016

161142

Delitos más cometidos en la práctica

20

25

9.11.2016

11.11.2016

161141

Contaminación acústica y medición de ruidos

20

25

14.11.2016

16.11.2016

161140

Igualdad. No discriminación. Inclusión social

15

25

21.11.2016

22.11.2016

161139

Controles policiales

21

20

21.11.2016

23.11.2016

161138

Inspección de obras

20

25

22.11.2016

24.11.2016

161137

La inspección ocular

21

20

28.11.2016

30.11.2016

161136

Delitos de odio

20

25

28.11.2016

30.11.2016

161131

Control de licencias de establecimientos públicos

16

25

30.11.2016

1.12.2016

161126

Binomios policiales

12

12

1.12.2016

2.12.2016

161127

Organización de la seguridad de eventos deportivos y de ocio

8

20

5.12.2016

5.12.2016

161128

Violencia de género. Actuación policial

20

25

12.12.2016

14.12.2016

161129

Prostitución, trata de blancas, pornografía infantil

21

25

13.12.2016

15.12.2016

161130

Venta ambulante

16

25

14.12.2016

15.12.2016

161097

Patrón de embarcaciones de recreo (PER)*

50

20

23.11.2016

25.11.2016

Mediación policial: básico y especialización

Pendiente establecimiento de fechas. Se publicarán en la página web de la Agasp.

Los cursos marcados con * tienen criterios de selección específicos.