BDNS (Identif.): 313991.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la base de datos nacional de subvenciones
(http://www.pap. minhap.gob.es/bdns/index).
Primero. Beneficiarios
Las siguientes entidades: a) las universidades del SUG; b) los organismos públicos de investigación de Galicia; c) las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación para la Investigación, Desarrollo e Innovación Ramón Domínguez, Fundación Profesor Novoa Santos y Fundación Biomédica Galicia Sur). d) los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) y del IEO (Instituto Español de Oceanografía) radicados en Galicia, según los requisitos establecidos en los anexos I, II, III y IV para cada caso.
Segundo. Objeto
Ayudas para consolidar, estructurar y especializar las unidades de investigación más competitivas del Sistema gallego de I+D+i mediante las siguientes modalidades:
– Modalidad A: grupos de referencia competitiva (GRC). Ayudas para la consolidación de grupos de investigación de las entidades solicitantes que por su producción científica y su actividad de I+D constituyan una referencia en el Sistema gallego de I+D+i.
– Modalidad B: grupos con potencial de crecimiento (GPC). Ayudas para la consolidación de grupos de investigación de las entidades solicitantes que por su producción científica y su actividad de I+D muestran potencial de crecimiento hasta convertirse en grupos de referencia del sistema de I+D+i gallego.
– Modalidad C: redes de investigación. Ayudas a grupos de investigación para apoyar el desarrollo de un plan de actuaciones en red que permita conformar nuevas capacidades científicas y abordar con mayor efectividad nuevos objetivos en investigación.
– Modalidad D: proyectos de personal investigador con trayectoria excelente. Ayudas para la realización de proyectos de investigación a investigadores individuales que, contando con una trayectoria excelente consolidada o en formación, tienen que afianzar una línea de trabajo basada en proyectos de alto impacto fundamentalmente en los ámbitos nacional e internacional. Estas ayudas adoptarán, según las características de los investigadores o investigadoras, dos modalidades: 1, línea de refuerzo de la trayectoria investigadora consolidada, y 2, línea de refuerzo de trayectorias emergentes.
Tercero. Bases reguladoras
Se publican conjuntamente con la convocatoria.
Cuarto. Cuantía
El importe total de la convocatoria es de 14.835.000 €.
A) GRC. El importe máximo de estas ayudas vendrá determinado por una cuantía estructural (hasta un máximo de 50.000 €) más otra variable, únicamente para las anualidades de 2017, 2018 y 2019 y acumulable a la anterior, asociada a la evolución en la generación de recursos por parte del grupo como un indicador genérico de su competencia y capacidad de consolidación (hasta un máximo de 75.000 € anuales). La duración máxima de estas ayudas es de cuatro años.
B) GPC. La cuantía máxima es de 17.500 € en la primera y tercera anualidad y de 35.000 € en la segunda y las ayudas serán de aplicación por un período de 3 anualidades.
C) Redes de investigación. La ayuda consistirá en una cuantía fija anual de 30.000 € para los años 2016 y 2018 y de 60.000 € para el año 2017. Las ayudas serán de aplicación por un período de tres anualidades, mediante el pago anual a la entidad a la que pertenezca el grupo que coordine la red.
D) Proyectos de personal investigador con trayectoria excelente. En el caso de los proyectos que se acojan a la línea de trayectoria investigadora consolidada, las ayudas serán de aplicación por un período de hasta 4 anualidades, mediante el pago anual a la institución a la que pertenezca la persona que lidere el proyecto de una cuantía máxima anual de 50.000 €. En el caso de los proyectos que se acojan a la línea de trayectoria investigadora emergente, las ayudas serán de aplicación por un período máximo de hasta 5 anualidades, mediante el pago anual a la institución a la que pertenezca la persona que lidere el proyecto de una cuantía máxima anual de 15.000 € para el año 2016 y de 25.000 € para los años 2017, 2018, 2019 y 2020.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 27 de julio de 2016
Román Rodríguez González |
Francisco Conde López |