BDNS (Identif.): 315221.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las cofradías de pescadores y sus federaciones, las organizaciones de productores, las cooperativas del mar, las asociaciones de profesionales del sector y las demás entidades asociativas jurídicamente reconocidas y constituidas por profesionales del sector, siempre que desarrollen sus actividades profesionales en el sector marisquero y tengan la sede social en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Segundo. Objeto
Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2016, a través de un procedimiento en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos colectivos, financiados por el FEMP, que contribuyan a la protección y recuperación de la biodiversidad marina a través de una mejor gestión y conservación de los recursos marinos y de sus ecosistemas, así como al fomento de la sensibilización medioambiental.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 1 de agosto de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras generales y se convocan para el año 2016, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas a proyectos colectivos, financiados por el FEMP, que contribuyan a la protección y recuperación de la biodiversidad marina a través de una mejor gestión y conservación de los recursos marinos y de sus ecosistemas, así como al fomento de la sensibilización medioambiental
Cuarto. Cuantía
Las subvenciones que se convocan mediante esta orden se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria 14.03.723A.7701 del presupuesto de gastos de la Consellería del Mar para el año 2016, por importe total de 3.440.000,00 euros distribuidos en 1.720.000,00 euros para la anualidad 2016 y 1.720.000,00 euros para la anualidad 2017.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la citada orden en el Diario Oficial de Galicia. A estos efectos, se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si este último día fuese inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente. Si en el mes de vencimiento no hubiese día equivalente, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Santiago de Compostela, 1 de agosto de 2016
María Isabel Concheiro Rodríguez-Segade
Secretaria general técnica de la Consellería del Mar