El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 17 de junio de 2016, dictó resolución por la que se desestima el recurso potestativo de reposición interpuesto por Almudena Fernández Carballal, como representante de José Luis Candame Calvelo, contra la Resolución de 4.11.2014, dictada por la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sobre la resolución del expediente sancionador por infracción urbanística muy grave y confirmando la misma en los restantes extremos y alza la suspensión del acto administrativo objeto de impugnación en base al artículo 111 de la Ley 30/1992.
Al no poder realizarse la notificación personal de esta resolución, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1.3.ª de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde su notificación, según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada ley.
Para que conste y sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 26 de julio de 2016
José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística