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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 162 Lunes, 29 de agosto de 2016 Pág. 38227

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ourense

EDICTO (927/2015).

Raquel Blanco Pérez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ourense, en el presente procedimiento de divorcio nº 927/2015, seguido a instancia de Gilberto Gabilheri Andred frente a Anderson Nunes Melo se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

Fallo.

Se estima la demanda interpuesta por Gilberto Gabilheri Andreo y se declara disuelto el matrimonio celebrado el 16 de junio de 2012 entre él y Getulio Anderson Nunes Melo.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días, por escrito y expresando los motivos por los se recurre, ante la Audiencia Provincial de Ourense.

Líbrese el correspondiente oficio al Registro Civil para que, una vez firme la presente resolución, se practique la inscripción oportuna.

Notifíquese esta sentencia a las partes en la forma prevista por la legislación vigente, llévese al libro de su clase y déjese testimonio suficiente en los autos.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose dicho demandado, Anderson Nunes Melo, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Ourense, 10 de marzo de 2016

La secretaria judicial