BDNS (identif.): 320550.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS):
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas (pymes), incluyendo los autónomos, comunidades de bienes, asociaciones, fundaciones o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, lleven a cabo actividad empresarial. En cualquier caso, deberán tener radicado algún centro de trabajo en Galicia y cumplir la definición de pyme. Para esta definición se utilizará la establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 (DOUE L 187, de 26 de junio de 2014), por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías).
Segundo. Objeto
1. Conceder ayudas a las pymes destinatarias de los siguientes servicios de asistencia, diagnóstico y soporte en la implantación de soluciones de Empresa digital por parte de Amtega e Industria 4.0 por parte del Igape, para su realización en empresas gallegas, dentro del Programa Re-accionaTIC, integrados en las siguientes categorías:
Empresa digital:
1º. Servicio de diagnóstico para la aplicación de soluciones digitales en la empresa.
2º. Servicio de soporte para la adopción y despliegue de soluciones en movilidad.
3º. Servicio de asistencia para la adopción de soluciones digitales innovadoras para la mejora de la gestión empresarial.
4º. Servicio de acompañamiento en la definición y puesta en marcha de estrategias de marketing digital.
Industria 4.0:
1º. Servicio de diagnóstico de capacidades y oportunidades para la aplicación de soluciones Industria 4.0.
2º. Servicio de acompañamiento en la puesta en marcha de soluciones Industria 4.0.
3º. Servicio de generación de modelos y simulación industrial.
Las ayudas se configuran como ayudas en especie, de la disposición adicional tercera de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. Dicha ayuda se conforma como la diferencia entre el coste abonado por el Igape por la prestación del servicio y el importe exigido a las pymes beneficiarias en concepto de cofinanciación.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución conjunta de 14 de octubre de 2016, del Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape) y de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia (Amtega), por la que se le da publicidad al acuerdo de Amtega y del Consejo de Dirección del Igape que aprueba las bases reguladoras de las ayudas a los servicios de asistencia, diagnóstico y soporte en la implantación de soluciones de Empresa digital e Industria 4.0 para su realización en empresas gallegas (programa Re-accionaTIC), cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional con cargo al programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes
Convocatoria 2016-1: comienza el 31.10.2016 y termina el 30.11.2016.
Convocatoria 2016-2: comienza el 5.12.2016 y termina el 10.1.2017.
Convocatoria 2017-1: comienza el 13.1.2017 y termina el 28.2.2017.
Convocatoria 2017-2: comienza el 6.3.2017 y termina el 31.5.2017.
Santiago de Compostela, 14 de octubre de 2016
Pablo Casal Espido
Secretario general del Instituto Gallego de Promoción Económica