Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 208 Miércoles, 2 de noviembre de 2016 Pág. 48493

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 18 de octubre de 2016, de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, por la que se convoca una beca de profesores especialistas para el ciclo formativo de grado superior de mantenimiento aeromecánico a impartir en el CIFP As Mercedes de Lugo.

La vinculación de la formación profesional con el sistema productivo lleva pareja la necesidad de disponer de profesores especialistas en el ámbito educativo.

Los artículos 95, párrafo 2, 96, párrafo 3, y 98, párrafo 2, de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº 106, de 4 de mayo), recogen la figura del profesor especialista con la finalidad de incorporar al ámbito educativo de la formación profesional a profesionales, no necesariamente titulados, que desarrollen su actividad en el ámbito laboral, en determinados módulos o materias que puedan aportar al alumnado de estas enseñanzas su especial cualificación en materias muy concretas y siempre teniendo en cuenta las necesidades del sistema educativo.

El Real decreto 1560/1995, de 21 de septiembre, regula el régimen de contratación de profesores especialistas en centros públicos.

En el centro integrado de formación profesional As Mercedes de Lugo, el alumnado que curse el plan formativo relacionado con las enseñanzas de mantenimiento de aeronaves puede obtener el título de técnico superior en Mantenimiento Aeromecánico.

El Real decreto 625/1995, de 21 de abril, regula el título de técnico superior en Mantenimiento Aeromecánico y las correspondientes enseñanzas mínimas, así como los módulos profesionales y la especialidad del profesorado. La citada normativa establece condiciones muy específicas respecto al personal que puede impartir la formación, por lo que resulta imprescindible la necesidad de contar con personal adecuado para poder cumplir los requisitos del personal formador.

Por todo eso, en aplicación del Real decreto 1560/1995, y vista la propuesta de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, esta dirección general ha resuelto convocar la constitución de una bolsa de profesores especialistas en determinadas enseñanzas, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Objeto de la convocatoria

El objeto de esta convocatoria es la constitución de una bolsa de trabajo relativa a la enseñanza de los módulos del plan de estudios del ciclo formativo de grado superior de Mantenimiento Aeromecánico que se relacionan en el anexo I de esta resolución. En ese anexo I se indica, asimismo, la jornada semanal de los citados puestos.

Segunda. Participantes y requisitos

Para ser admitidos a este procedimiento, los aspirantes deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos generales y específicos siguientes:

A) Requisitos generales:

– Ser español, o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años, o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

– Haber cumplido los dieciséis años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.

– No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de funciones correspondientes al puesto al que se opta.

– No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

B) Requisitos específicos.

– Los de titulación y de experiencia relacionados en la presente resolución.

Todos los requisitos para poder participar en la bolsa deben poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la toma de posesión o la formalización del contrato.

Tercera. Solicitudes

Las solicitudes de participación se harán mediante instancia ajustada al modelo que aparece como anexo II a esta convocatoria.

Estas solicitudes se dirigirán a la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de Lugo y podrán presentarse:

a) En el Registro General de la Xunta de Galicia.

b) En los registros provinciales de los departamentos territoriales de la Xunta de Galicia.

c) En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Conjuntamente con esta solicitud, los aspirantes deberán presentar fotocopia compulsada o validada de:

– El título que se aporte para participar en la presente convocatoria.

– La documentación que acredite su experiencia profesional: certificación de la empresa en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el período de tiempo en el que se desarrolló dicha actividad, o informe de la vida laboral donde conste la empresa, la categoría laboral y el período de contratación. También se podrá acreditar por cualquier otro medio de prueba admitido en derecho la o las titulaciones académicas alegadas como méritos.

– Cualquier documento que se considere de interés para una mejor valoración de sus méritos y competencia profesional.

Solamente se tendrán en cuenta aquellos méritos establecidos en esta convocatoria que se justifiquen debidamente durante el plazo de presentación de solicitudes.

Cuarta. Plazo de presentación

El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación que con éstas se aporte será de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Quinta. Relación de admitidos y excluidos

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de Lugo publicará la relación provisional de admitidos, ordenada alfabéticamente, así como los excluidos, con indicación de la causa o causas de exclusión en el portal de educación www.edu.xunta.es

Las reclamaciones contra esta relación de admitidos y excluidos serán dirigidas a la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de Lugo en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir de su exposición pública en cualquiera de las oficinas a las que se hace referencia en la base tercera.

Examinadas las reclamaciones, se aprobarán las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, las cuales serán expuestas en los lugares citados en el apartado 1 de esta base.

Sexta. Procedimientos de selección

El procedimiento de selección de los candidatos se realizará a través de un concurso de méritos en el que se tendrá en cuenta la formación académica y la experiencia profesional de los participantes. Para la valoración de los méritos de los candidatos en relación con las enseñanzas objeto de esta convocatoria se realizará la siguiente baremación:

1. Titulación (hasta un máximo de 4 puntos).

– Ingeniero: 1,5 puntos.

– Personal titulado en cualquiera de las otras titulaciones contempladas en el Real decreto 625/1995, de 21 de abril, en el que se regula el título: 1 punto por cada titulación aportada.

– Técnico de mantenimiento de aeronaves con licencia: 0,75 puntos.

– FPII de ramas industriales (automoción, metal, electricidad, electrónica, telecomunicaciones), técnico superior de Mantenimiento Aeromecánico, técnico superior de Mantenimiento de Aviónica o técnico superior de Automoción: 0,5 puntos.

2. Experiencia docente en aeromecánica y/o aviónica (hasta un máximo de 5 puntos).

– Por curso académico de docencia en aeromecánica y/o aviónica: 1 punto.
Cada mes/fracción de año supondrá 0,083 puntos.

3. Experiencia real en mantenimiento de aeronaves (hasta un máximo de 7 puntos). Esta experiencia se refiere a la experiencia laboral adquirida desempeñando cometidos en el área correspondiente a la materia o módulo a impartir en el centro.

– 0,5 puntos por año de experiencia en mantenimiento de aeronaves. Cada mes/fracción de año supondrá 0,041 puntos.

4. Por nivel B2 de inglés: 1,5 puntos.

5. Por poseer el curso de aptitud pedagógica o equivalente: 1,5 puntos.

Séptima. Comisión de selección

1. La valoración de los méritos de los participantes será efectuada en la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de Lugo y será presidida por el titular de esta o persona en la que delegue.

Formarán parte de ella, además, cuatro funcionarios designados por la Jefatura Territorial de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de Lugo. Uno de sus miembros realizará las funciones de secretario/a, los tres restantes, entre personal docente de la provincia, de los cuales dos de ellos, al menos, deberán ser profesores relacionados con las enseñanzas objeto de esta convocatoria.

El jefe territorial podrá resolver la incorporación a dicha comisión de asesores especialistas.

2. Los miembros de las comisiones de selección estarán sujetos a las causas de abstención y recusación establecidas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Octava. Relación de seleccionados

1. Finalizado el procedimiento, la comisión de selección elaborará una relación de candidatos ordenados de mayor a menor puntuación, y la hará pública en la página web del portal de educación www.edu.xunta.es

2. En esta relación se indicará, además, el tipo de funciones que podrá desarrollar como profesor en cada uno de los módulos, condicionándose en todo caso su llamamiento a la capacidad profesional para desarrollar las funciones correspondientes.

La puntuación final de cada aspirante será la suma de las puntuaciones alcanzadas por la titulación académica, la experiencia profesional y el resto de méritos aportados.

3. Contra dicha relación los interesados podrán presentar reclamación en el plazo de cinco días naturales, contados a partir del día siguiente al de su publicación, en los mismos lugares que se relacionan en la base tercera de esta resolución, dirigida a la jefa territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en Lugo.

Las reclamaciones presentadas serán aceptadas o denegadas por resolución expresa, publicada en los mismos lugares en que se hiciese la publicación de la relación de candidatos, con indicación de la puntuación total obtenida.

Dicha lista tendrá validez durante el año natural en que se realice la convocatoria, pudiendo prorrogarse en caso de necesidad hasta un máximo de tres años.

4. Contra dicha resolución, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el director general de Centros y Recursos Humanos de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria en Santiago de Compostela, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Novena. Características de la contratación de profesores especialistas

Los contratos tendrán una duración no superior a un año académico, prorrogables por períodos de tiempo no superiores a un año, hasta un máximo de tres.

Décima. Interpretación de la presente resolución y recursos

De la convocatoria, así como de los resultados del procedimiento, se dará información a las organizaciones sindicales más representativas.

Santiago de Compostela, 18 de octubre de 2016

José Manuel Pinal Rodríguez
Director general de Centros y Recursos Humanos

ANEXO I

Duración: 1.000 horas

Módulos a impartir durante el curso 2016/17

Denominación

Curso 1º

1er-2º-3er trimestre

(horas semanales)

Motor de émbolo. Hélices y sus sistemas

5

Sistemas de la aeronave I

6

Sistemas eléctricos-electrónicos de las aeronaves

5

Constitución y navegación de las aeronaves

2

missing image file