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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Miércoles, 9 de noviembre de 2016 Pág. 49805

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

ORDEN de 17 de junio de 2016 de aprobación de la corrección de error material en la ficha de catálogo 05.018, calle Uruguai 2-5, del Plan general de ordenación municipal de A Coruña.

El Ayuntamiento de A Coruña remite la corrección de errores referida, en solicitud de su aprobación definitiva por esta consellería, en aplicación del procedimiento establecido por el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Después de analizar la documentación aportada, y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

1. El Ayuntamiento de A Coruña cuenta con un PGOM aprobado definitivamente con condiciones por Orden de esta consellería de 25 de febrero de 2013.

2. La Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria resolvió el 27 de abril de 2015 autorizar las obras de rehabilitación de la fachada del edificio situado en la calle Uruguay 2 a 5 de A Coruña, edificio incluido en el catálogo del Plan general de A Coruña con la ficha número 05-018, en base al informe de la Comisión Territorial del Patrimonio Histórico Gallego de A Coruña de 15 de abril de 2015, que señala que «del análisis de las determinaciones del plan general se deduce claramente que las fachadas principales, tanto por su composición y calidad constructiva como por el material empleado, fueron determinantes para la protección del edificio. Sin embargo, esta comisión entiende que la protección de estos edificios, que se centra en los valores constructivos de las fachadas, parte de un error ya que la realidad es que estas fachadas no están ejecutadas en ladrillo visto de manera similar a la arquitectura madrileña, sino que la realidad es que se trata de un aplacado cerámico de imagen semejante al ladrillo visto pero que, como se puede comprobar, emplea una solución constructiva totalmente diferente. Por otra parte, queda justificada en la documentación aportada la situación de gran deterioro del edificio que precisa una urgente reparación».

«En consecuencia, visto el expediente y los correspondientes informes de los servicios técnicos, la Comisión Territorial de Patrimonio Histórico Gallego de A Coruña (...), por mayoría de los vocales presentes en esta reunión (...), acuerda informar favorablemente las obras solicitadas con la condición de que el ayuntamiento previamente tramite el expediente oportuno con la finalidad de corregir la ficha del catálogo en la que constan datos erróneos en los que se fundamenta para el nivel de protección».

3. En el expediente consta informe municipal de fecha 11 de marzo de 2016, del jefe del Departamento de Planeamiento y del jefe del Servicio de Planeamiento y Gestión del Suelo, favorable a la corrección.

4. El Ayuntamiento Pleno aprobó el 9 de mayo de 2016 el documento de corrección de errores.

II. Objeto y descripción de la corrección de errores.

1. La corrección de errores, formulada por el Ayuntamiento de A Coruña, afecta a la ficha número 05-018 del catálogo del plan general, en las siguientes líneas:

a) Materiales de fachada y caracteres singulares: se sustituye la referencia al ladrillo visto por la del aplacado de piezas cerámicas.

b) Estado de conservación: se sustituye la referencia de bueno por la de deficiente.

III. Análisis y consideraciones.

La corrección propuesta afecta a tres elementos informativos de la ficha 05.018 del catálogo del plan general que, de conformidad con la resolución de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria arriba citada, eran erróneos. El documento corrige la información contenida en la ficha para adecuarla al estado real de la edificación, sin alterar de ningún modo las determinaciones de ordenación (nivel de catalogación, norma zonal...), por lo que el alcance de fondo del documento tramitado es, efectivamente, el de la corrección de un error material en la ficha.

El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dispone que las administraciones públicas podrán rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos, existentes en sus actos.

El acto de aprobación definitiva del PGOM de A Coruña fue dictado por Orden de 25 de febrero de 2013 del conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, de conformidad con el dispuesto en los artículos 89 y 93.4 de la LOUG, y en el artículo 1 del Decreto 316/2009, de 4 de junio, por el que se establecía la estructura orgánica de la CMATI.

IV. Resolución.

En consecuencia, en los términos establecidos en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

RESUELVO:

1. Aprobar la «Corrección de error material en la ficha de catálogo 05.018 calle Uruguay, 2-5 del PGOM de A Coruña».

2. Notifíquese esta orden al Ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de junio de 2016

Beatriz Mato Otero
Conselleira de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio