SSS Seguridad Social 338/2014
Procedimiento origen: /
Sobre Seguridad Social
Demandante: José Antonio Rama Mosquera
Abogado/a: Manuel López Núñez
Demandados: APV Motor, S.A., Servicio Público de Empleo Estatal
Abogado: Servicio Público de Empleo Estatal
Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento seguridad social 338/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Antonio Rama Mosquera contra APV Motor, S.A., Servicio Público de Empleo Estatal, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:
«Juzgado de lo Social número 3
Santiago de Compostela
Sentencia: 280/2016
-
Rúa Berlín, s/n, 15707 polígono de As Fontiñas
Tel.: 881 99 71 24/25
Fax: 881 99 71 26
Equipo/usuario: MB
NIG: 15078 44 4 2014 0000986
Modelo: N02700
SSS Seguridad Social 338/2014
Procedimiento origen: /
Sobre: Seguridad Social
Demandante: José Antonio Rama Mosquera
Demandados: APV Motor, S.A., Servicio Público de Empleo Estatal
Abogado: Servicio Público de Empleo Estatal
Sentencia:
Santiago de Compostela, 26 de octubre de 2016.
Vistos por Sandra María Iglesias Barral, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela y su partido, los presentes autos de juicio nº 338/2014, seguidos a instancia de José Antonio Rama Mosquera, asistido por el letrado Sr. López Núñez actuando en sustitución la letrada Sra. Prado Sánchez, contra el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE), asistido y representado por el letrado Sr. Catoira Longueira y contra APV Motor, S.A., que no comparece pese a su citación en legal forma, con base en los siguientes […]
Fallo:
Se desestima la demanda interpuesta por José Antonio Rama Mosquera y, en consecuencia, se absuelve al SPEE y APV Motor, S.A. de los pedimentos formulados frente a los mismos.
Notifíquese a las partes la presente resolución.
Contra esta resolución no cabe recurso de suplicación.
La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.
Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que sirva de notificación en legal forma a APV Motor, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 27 de octubre de 2016
La letrada de la Administración de justicia