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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 227 Lunes, 28 de noviembre de 2016 Pág. 52831

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (63/2013).

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 63/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juan Antonio Olveira Bretal contra Servimar Norte, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), sobre ordinario, se ha dictado sentencia el 28 de octubre de 2016, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Fallo que debo estimar la demanda presentada a instancia de Juan Antonio Olveira Bretal, asistido y representado por la letrada Sra. Cancela Regueiro, contra la entidad Servimar Norte, S.L. y el Fogasa, que no comparecen pese a estar debidamente citados, sobre reclamación de cantidad, y debo condenar a la demandada al abono al actor 551,53 euros de indemnización por fin de contrato, más los intereses del artículo 1.108 del CC, calculados desde la fecha de la extinción de la relación laboral hasta la fecha de la presente resolución, y 2.192,59 euros de salarios (julio de 2011 y pagas extra de 2011) y diferencias de convenio en el período de enero a junio de 2011, más los intereses previstos en el artículo 29.3 del ET sobre dicha cantidad y, en todo caso, los del artículo 576 de la LEC desde la fecha de la presente resolución.

Debo absolver y absuelvo al Fogasa sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que frente a la misma no cabe interponer recurso de suplicación.

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Servimar Norte, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este órgano judicial.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 4 de noviembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia