La Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidads, modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, define en su artículo 14 el consejo social como el órgano de participación de la sociedad en la universidad, indicando que debe ejercer como elemento de interrelación entre la sociedad y la universidad, y remitiendo en cuanto a su composición, funciones y designación de sus miembros a la ley de la comunidad autónoma correspondiente.
La Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia, regula el consejo social de cada una de las universidades públicas que integran el Sistema universitario de Galicia como órganos de participación de la sociedad gallega en las universidades e impulsan la colaboración entre estas y aquella, mediante la satisfacción por las universidades de las necesidades de su ámbito, contribuyendo eficazmente al desarrollo social, profesional, económico, tecnológico, científico y cultural de Galicia y a la mejora de la calidad del servicio público de la educación superior universitaria. Corresponde al consejo social de cada universidad la supervisión de las actividades de carácter económico de la universidad y del rendimiento de sus servicios y promover la colaboración de la sociedad en la financiación de la universidad, así como cuantas otras funciones le sean atribuidas por la Ley 6/2013 y demás normativa aplicable.
El artículo 77 de la citada Ley 6/2013, determina la composición del consejo social y los procedimientos de designación y nombramiento de sus miembros.
Los miembros que formaron parte del consejo social a lo largo del período 2012-2016 cesarán automáticamente a la fecha de publicación de esta orden, con excepción de los miembros que se renuevan por la presente orden.
En este sentido, la Universidad de Vigo, en uso de sus competencias, procedió a la designación de los representantes que le corresponden.
Del mismo modo, cada una de las instituciones y entidades previstas en el artículo 77.3 de la Ley 6/ 2013, le remitió al Consejo Social de la Universidad de Vigo, y éste a la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, la comunicación con la designación de sus representantes así como, en cumplimiento del artículo 78 de la citada ley, el documento de no incurrir en incompatibilidad.
Por todo ello,
DISPONGO:
Artículo único
Hacer pública la composición del Consejo Social de la Universidad de Vigo, para el período 2016-2020, que estará constituido por los siguientes miembros:
I. En representación del Consejo de Gobierno de la Universidad:
– Salustiano Mato de la Iglesia, rector de la universidad.
– Gloria Mª Pena Uris, secretaria general.
– Manuel Fernández Jáuregui, gerente.
– José Manuel García Vázquez, en representación del profesorado.
– Ernesto Vázquez-Rey Faro, en representación del estudiantado.
– Carlos Mollinedo Lois, en representación del personal de administración y servicios (PAS).
II. En representación de los intereses sociales de Galicia:
a) Designados por el Parlamento de Galicia:
– Xosé Manuel Atanes Limia.
– Javier Casares Mouriño.
– Mercedes Castro Mouzo.
– Jesús Graña Nogueiras.
– Mª Elvira Larriba Leyra.
– Natalia Zunzunegui Garrido.
b) Designados por la Xunta de Galicia:
– Ernesto Pedrosa Silva, presidente del Consejo Social.
– Daniel Barata Quintás.
– César Blanco Gómez.
– José Manuel Figueroa Vila.
– Marta Iglesias Bueno.
– Francisco Gustavo Izquierdo Martínez.
– Ana Isabel Vázquez Reboredo.
c) Designados por los sindicatos:
– Emilio Fernández Zunzunegui, por Comisiones Obreras de Galicia (CC.OO.).
– Mª Elena Añel Cabanelas, por la Confederación Intersindical Gallega (CIG).
– Manuel González Piñeiro, por la Unión General de Trabajadores (UGT-Galicia).
d) Designados por las organizaciones empresariales:
– José Manuel Pérez Canal (Ourense).
– Juan Manuel Piñeiro Rivas (Ourense).
– Javier Garrido Valenzuela (Pontevedra).
– Jorge Cebreiros Arce (Vigo).
e) Designados por las corporaciones locales de los ayuntamientos de los campus:
– Yolanda López Fernández (Ourense).
– Mª do Carmen Fouces Díaz (Pontevedra).
– Xulio Calviño Rodríguez (Vigo).
f) Designado por la Asociación de Antiguos Alumnos:
– José María Franco García.
g) Designado por los colegios profesionales vinculados con la oferta formativa de la universidad:
– Antonio Macho Senra.
Disposición final
Esta orde entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 10 de noviembre de 2016
Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria