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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Lunes, 19 de diciembre de 2016 Pág. 54999

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 5 de diciembre de 2016 por la que se revoca la autorización para impartir determinadas titulaciones oficiales de máster universitario en las universidades de A Coruña, Santiago de Compostela y Vigo.

La Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, establece que la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, será acordada por la comunidad autónoma, previa solicitud de implantación por las universidades, según lo dispuesto en la legislación vigente.

En el ámbito autonómico esta materia está regulada por la Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia y la Orden de 20 de marzo de 2012 por la que se desarrolla el Decreto 222/2011, de 2 de diciembre, por el que se regulan las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Después de ser autorizadas a implantar los estudios, las universidades quedan obligadas a adoptar las garantías necesarias para que no se demore su impartición.

El incumplimiento de los requisitos y compromisos adquiridos al solicitar la autorización de implantación; la no impartición de la titulación oficial autorizada; la extinción del plan de estudios o la supresión de la enseñanza son causas suficientes para proceder a la revocación de la autorización.

El Pleno del Consejo Gallego de Universidades de 30 de noviembre de 2016, en el ejercicio de las competencias previstas en el artículo 3.2.h) del Decreto 98/2014, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Gallego de Universidades, acordó informar favorablemente la revocación de la autorización a las universidades del Sistema universitario de Galicia para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de los títulos universitarios que se relacionan a continuación.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1

Revocar la autorización a la Universidad de A Coruña para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

1. Máster universitario en Computación de Altas Prestaciones, conjunto para la UDC y USC. Autorizado para UDC por el Decreto 187/2010, de 11 de noviembre (DOG de 17 de noviembre) y para USC por el Decreto 150/2010, de 16 de septiembre (DOG de 23 de septiembre), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4312423.

2. Máster universitario en Migraciones Internacionales: Investigación, Políticas Migratorias y Mediación Intercultural, autorizado por el Decreto 53/2008, de 13 de marzo (DOG de 28 de marzo), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311077.

3. Máster universitario en Planificación y Gestión de Destinos y Nuevos Productos Turísticos, autorizado por el Decreto 245/2011, de 15 de diciembre (DOG de 3 enero de 2012), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4313055.

Artículo 2

Revocar la autorización a la Universidad de Santiago de Compostela para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

1. Máster universitario en Computación de Altas Prestaciones, conjunto para la UDC y USC. Autorizado para UDC por el Decreto 187/2010, de 11 de noviembre (DOG de 17 de noviembre) y para USC por el Decreto 150/2010, de 16 de septiembre (DOG de 23 de septiembre), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4312423.

Artículo 3

Revocar la autorización a la Universidad de Vigo para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de:

1. Máster universitario en Ciencias Biológicas: Biología Molecular, Computacional y Ambiental y Bio-Industrias, autorizado por la Orden de 10 de abril de 2014 (DOG de 23 de abril), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4314009.

2. Máster universitario en Ingeniería Química, autorizado por el Decreto 434/2009, de 3 de diciembre (DOG de 15 de diciembre), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4310607.

3. Máster universitario en Innovación Industrial y Optimización de Procesos, autorizado por la Orden de 5 de diciembre de 2013 (DOG de 20 de diciembre ), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4314034.

4. Máster universitario en Políticas Comunitarias y Cooperación Territorial, autorizado por el Decreto 53/2008, de 13 de marzo (DOG de 28 de marzo), y que figura inscrito en el RUCT con el código 4311052.

Artículo 4

Las universidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar los derechos académicos de los estudiantes que se encuentren cursando los estudios que inician el proceso de revocación de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 222/2011, de 2 de diciembre.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 5 de diciembre de 2016

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria