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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 21 de febrero de 2017 Pág. 8496

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

EXTRACTO de la Resolución de 27 de enero de 2017 por la que se convoca una beca de formación en estudios relacionados con el derecho administrativo.

BDNS (identif.): 332820.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la Resolución de 27 de enero de 2017 por la que se convoca una beca de formación en estudios relacionados con el derecho administrativo, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones.

Primero. Personas beneficiarias

Podrán solicitar esta beca todas aquellas personas en las que no concurra ninguna de las circunstancias especificadas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y siempre que reúnan los siguientes requisitos en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:

– Acreditar haber terminado los estudios académicos con posterioridad a enero del año 2012 y alguna de las siguientes titulaciones universitarias: licenciatura/grado en Derecho.

– No reunir ninguna de las circunstancias especificadas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

– No tener empleo remunerado ni disfrutar de otra beca o ayuda, cualquiera que fuese ésta o, en caso de tener empleo remunerado o disfrutar de otra beca, un compromiso expreso de renunciar a ellos con anterioridad al momento de incorporación a esta escuela.

Segundo. Objeto

Beca de formación en estudios relacionados con el derecho administrativo.

La beca regulada en esta resolución se concederá en régimen de concurrencia competitiva y bajo los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases que regirán serán las contenidas en la Resolución de 27 de enero de 2017 por la que se convoca una beca de formación en estudios relacionados con el derecho administrativo en el sector público.

Las bases se publicarán en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarto. Cuantía

El importe de cada beca será de 1.100 euros brutos mensuales (13.200 euros anuales). El pago se efectuará tras la certificación de la EGAP del buen aprovechamiento de la beca, por el importe líquido, tras realizar las retenciones fiscales y sociales que le correspondan, en la cuenta bancaria que señale la persona beneficiaria de la beca. Los meses serán considerados en todos los casos de 30 días. La cantidad percibida estará en función del número de días transcurridos desde la incorporación de la beca.

Quinta. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia de esta convocatoria.

Sexta. Otros datos

Las solicitudes se formalizarán en el modelo que se adjunta como anexo I a esta convocatoria y deberán ir acompañadas de la siguiente documentación en original o copia:

1. Copia del DNI o NIE del solicitante, sólo en el caso de no autorizar su consulta.

2. Título correspondiente o, en defecto de este último, justificación del pago de los derechos de expedición. Sólo en el caso de no autorizar la consulta.

3. Certificación académica en la que se detallen las calificaciones obtenidas en las distintas disciplinas. Para facilitar la valoración del expediente académico debe incluirse en la certificación la nota media obtenida.

4. Currículum del/de la solicitante (de acuerdo con el modelo que se incluye en esta convocatoria como anexo II), con exposición de los méritos académicos y profesionales, así como relación de los trabajos y publicaciones sobre temas relacionados con el objeto de la beca, debidamente acreditados.

5. Documentos que acrediten la formación en materias relacionadas con el objeto de la beca alegados por el interesado en su currículum.

6. Memoria que versará sobre la reforma administrativa de la Administración autonómica gallega, con una extensión máxima de 20 hojas.

7. Acreditación del curso de perfeccionamiento de gallego o Celga 4, en caso de denegar expresamente su verificación.