Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 62 Miércoles, 29 de marzo de 2017 Pág. 14975

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2017 por la que se convocan cursos para personal de la Administración local de Galicia.

De acuerdo con el convenio de colaboración suscrito, con fecha de 4 de enero de 2017, entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante, EGAP) y la Diputación Provincial de Ourense para el desarrollo de actividades de formación, divulgación e investigación, se convocan cursos para personal de la Administración local de Galicia.

RESUELVO:

Publicar la convocatoria de cursos para personal de la Administración local de Galicia que figuran en el anexo II, que deberán desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 21 de marzo de 2017

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I

Primera. Requisitos de los participantes

Personal al servicio de la Administración local de Galicia, y en caso de vacante, personal de Administración autonómica y estatal, que se encuentren en situación de servicio activo, incapacidad temporal por maternidad o excedencia por el cuidado de un hijo o de un familiar y que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

Toda persona solicitante que al inicio del curso esté en situación de baja laboral por incapacidad temporal quedará automáticamente excluida del listado del personal seleccionado.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación

Las actividades formativas se realizarán con los requerimientos, la duración y las condiciones que para cada uno de ellos se indiquen en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de las actividades, así como sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web <http://egap.xunta.gal>.

Tercera. Solicitudes y plazos

1. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas sólo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección <http://egap.xunta.gal/matricula> desde las 8.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cubiertos correctamente los datos precisos para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las actividades solicitadas y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

5. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil y de tratarse de actividades impartidas en la modalidad de teleformación deberán disponer de un equipo informático que cumpla los siguientes requisitos técnicos:

– Un ordenador con conexión a internet.

– Un navegador web con plugin de flash .

6. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (discapacidad, permiso de maternidad, etc.) de acuerdo con los criterios de selección, deberán remitirle a la EGAP la correspondiente documentación complementaria, junto con una copia del formulario de la matrícula, al número de fax 981 54 63 39 o a la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Dicha documentación deberá enviarse por una única de las vías indicadas; en el caso contrario sólo serán considerados los datos aportados por correo electrónico. La documentación deberá presentarse dentro del plazo señalado en el punto 1 de esta base.

7. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 57 y 981 54 62 54, del número de fax 981 54 63 39 y de la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>.

Cuarta. Criterios de selección

1. Con carácter general, se dará prioridad en el proceso de selección de los participantes a los solicitantes que presten servicios en la Administración local de la provincia de Ourense.

2. Los criterios selectivos que serán empleados son los señalados con carácter general en la Resolución de la Escuela Gallega de Administración Pública de 4 de enero de 2008 (DOG de 10 de enero).

A los efectos de lo previsto en el punto segundo de la citada resolución, el baremo que se empleará para la selección se establece sobre una base de 100 puntos, de los que el 60 % estará vinculado al número de horas de formación recibidas en los dos últimos años y el 40 % restante a la antigüedad en la Administración.

Los empates se desharán de acuerdo con el resultado del sorteo al que se refiere el artículo 9 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 95/1991, de 20 de marzo (DOG de 25 de marzo). Para el año 2017, según la Resolución de 20 de enero (DOG de 30 de enero), se comenzará por la letra K.

3. En caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que cumplan los requisitos del curso podrá completarse el número de alumnos asignado mediante la apertura de un nuevo plazo público en la página web de la EGAP.

Quinta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

La EGAP publicará en la dirección <http://egap.xunta.gal> una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas.

El plazo de presentación de alegaciones será de cinco días naturales desde su publicación.

Se entenderá que las personas que no figuren en la relación fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria u ocupan un puesto más alejado en la lista de espera, todo esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre).

Sexta. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia

1. Los cambios o las sustituciones en la selección:

En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. La renuncia:

a) Las personas seleccionadas sólo podrán renunciar a la actividad formativa:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los responsables de los centros directivos.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por escrito a la Escuela Gallega de Administración Pública con una antelación mínima de tres días hábiles anteriores al inicio de la actividad formativa. En la página web de la escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para esto se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE de 2 de octubre), la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.gal>.

c) Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. La asistencia y la puntualidad:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa tendrá lugar un control permanente de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.

c) Las faltas de asistencia en las actividades presenciales:

1. No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante los responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo expuesto anteriormente perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.

2. Aquellas personas cuyas faltas de asistencia superen el 50 % de las horas lectivas presenciales, pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

d) Seguimiento de las actividades de teleformación:

Las personas que no completen el 75 % de las actividades y tareas propuestas por la tutoría pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

4. La asistencia y la puntualidad:

a) Es obligatoria la asistencia con puntualidad a las pruebas de evaluación. A estos efectos, se realizará un único llamamiento por orden alfabético. En ningún caso se admitirán cambios en la asignación de turnos de las pruebas.

b) Las personas participantes deberán venir provistas de DNI o de un documento fehaciente acreditativo de su identidad.

c) Para poder hacer la prueba de evaluación, cada participante debe recordar la contraseña que le permite entrar en el aula virtual, que coincide con el que le da acceso a la zona de matrícula.

d) No se permitirá el uso de dispositivos electrónicos durante el desarrollo de las pruebas.

e) Las faltas de asistencia:

Deberá justificarse documentalmente ante los responsables de las pruebas de las actividades formativas en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de las pruebas.

Séptima. Realización de pruebas

Para poder superar las actividades de teleformación es necesario cumplir una serie de requisitos obligatorios en su totalidad:

– La asistencia a la sesión presencial, si la hubiere.

– La adecuada realización de todas las actividades que el tutor proponga. Estas deben constar debidamente presentadas en los plazos estipulados en la programación didáctica del curso. La no superación de las actividades obligatorias supondrá la pérdida automática del derecho a participar en el examen final presencial.

– La superación de las pruebas de evaluación que a los efectos se establezcan. Para superar las pruebas de evaluación, los alumnos deberán responder de forma correcta a un 50 % de las preguntas de la prueba. Las respuestas incorrectas no descontarán aciertos.

Al inicio de la actividad formativa se publicará el correspondiente programa en la plataforma de teleformación y se indicarán las pruebas de evaluación previstas, así como las fechas y el horario en que estas tendrán lugar. La EGAP informará a través de su página web y también a través de la plataforma de teleformación de las fechas concretas y del horario de la prueba final.

Para poder aprobar la actividad formativa, el alumnado deberá superar una prueba final de evaluación. Las fechas y el lugar de realización de esta será el indicado en el anexo II.

Octava. Certificados

Para la obtención del certificado de aprovechamiento, el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe en que declare apto o no apto cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.

Novena. Facultades de la EGAP

1. La EGAP y la Diputación Provincial de Ourense podrán modificar el desarrollo, las fechas y los lugares de la actividad formativa, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.

2. En el supuesto de que el número de admitidos sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP y la Diputación Provincial de Ourense se reservan el derecho a suspender, cancelar o agrupar varias ediciones de las actividades, caso en el que emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

3. La EGAP y la Diputación Provincial de Ourense garantizarán en la totalidad de las actividades derivadas de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

ANEXO II

– Código: CV17004.

Curso sobre la nueva Ley del suelo de Galicia y la aplicación práctica de la disciplina urbanística.

1. Objetivos.

• Realizar una actualización de los conocimientos de los asistentes sobre la normativa vigente en materia de disciplina urbanística, para adaptarla a la nueva regulación operada con la aprobación de la nueva Ley del suelo de Galicia.

• Estudiar las principales modificaciones realizadas, tales como los plazos de prescripción y las reducciones pecuniarias de las sanciones o las competencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística (APLU).

• Ofrecer a los asistentes un enfoque práctico de la aplicación de la nueva Ley del suelo de Galicia, para liquidar los problemas concretos del mundo local y poseer una visión más general y global de toda la materia.

2. Destinatarios.

• Asesores, letrados, secretarios, secretarios-interventores, funcionarios con habilitación de carácter estatal, en general, y demás técnicos jurídicos al servicio de las corporaciones locales que realicen funciones de carácter técnico en el área de Urbanístico.

• Arquitectos, ingenieros, aparejadores y demás personal al servicio de la Administración local de la provincia que tengan asignadas en sus puestos de trabajo tareas de gestión o asesoramiento en materia de urbanismo.

3. Desarrollo.

Modalidad: presencial.

Duración: 30 horas.

Fechas: del 17 a 27 de abril de 2017.

Lugar: aulas de formación de la Diputación de Ourense en el Centro Cultural Marcos Valcárcel (c/ Progreso, nº 30, 2º).

Plazas: 40.

4. Contenido.

1. Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. Principales novedades. Principios y estructura de la ley. Ordenación del territorio.

2. Plan urbanístico y tipología del suelo. Plan urbanístico. Evaluación ambiental estratégica de los instrumentos de plan urbanístico. Tipología del suelo.

3. Ejecución del plan.

4. Convenios urbanísticos en Galicia. Objeto y naturaleza de los convenios urbanísticos. Convenios. Procedimiento.

5. Deber de conservación y ruina.

6. Las licencias urbanísticas. Actos de edificación y uso del suelo y del subsuelo sujetos a licencia. Licencias urbanísticas y comunicaciones previas. Procedimiento de otorgamiento de licencias. Caducidad de las licencias. Procedimiento para la tramitación de las comunicaciones previas.

7. Disciplina urbanística. Aplicación. Régimen sancionador.

5. Valoración

A los efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG núm. 52, de 16 de marzo, y corrección, DOG núm. 77, de 22 de abril) sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respeto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

– Código: CV17005.

Curso de aplicaciones informáticas para presentaciones gráficas: Microsoft PowerPoint-2010.

1. Objetivos.

• Explicar la importancia de la presentación de un documento para la imagen que transmite la entidad, consiguiendo que la información se presente de forma clara y persuasiva, a partir de distintas presentaciones de carácter profesional de organizaciones tipo.

• Utilizar las funciones de las aplicaciones de presentaciones gráficas presentando documentación e información en diferentes soportes, e integrando objetos de distinta naturaleza.

• Utilizar de forma integrada y conveniente: gráficos, texto y otros objetos, consiguiendo una presentación correcta y adecuada a la naturaleza del documento.

• Asegurar la calidad de la presentación ensayando y corrigiendo los defectos detectados y, en su caso, proponiendo los elementos o parámetros de mejora.

• Guardar las presentaciones en los formatos adecuados, preparándolas para ser fácilmente utilizadas, protegiéndolas de modificaciones no deseadas

2. Destinatarios.

Personal de la Administración local que haya realizado algún curso de informática básica anteriormente o con conocimientos informáticos previos.

Personal técnico y administrativo de las entidades locales que realice labores con mecanización informática y que deba realizar trabajos con presentaciones gráficas.

3. Desarrollo.

Modalidad: mixto (6 horas presenciales y 24 horas de teleformación).

Duración: 30 horas.

Fechas: del 2 a 30 de mayo de 2017

Sesión presenciales: 2, 15 y 30 de mayo de 2017.

Lugar: aulas de informática de Postal Escuela de Negocios (calle Reza, nº 3, Ourense)

Plazas: 25.

4. Contenido.

1. Diseño, organización y archivo de las presentaciones. La imagen corporativa de una empresa. Diseño de presentaciones. Evaluación de los resultados. Organización y archivo de las presentaciones. Entrega del trabajo realizado.

2. Introducción y conceptos generales. Ejecución y salida de la aplicación. Creación, grabación, cierre y las vistas de una presentación.

3. Acciones con diapositivas. Inserción, eliminación, duplicación y ordenación de diapositivas.

4. Trabajo con objetos. Selección, desplazamiento, eliminación, modificación, duplicación, reubicación, alineación de los objetos. Trabajo con textos. Viñetas. Estilos. Tablas. Dibujos.

5. Documentación de la presentación. Inserción de comentarios y preparación de las notas del orador.

6. Diseños o estilos de presentación. Uso de las plantillas. Combinación de colores. Fondos y patrones.

7. Impresión de diapositivas en diferentes soportes. Configuración de la página. Encabezados, pies y numeración. Configuración dispositivos y opción de impresión.

8. Presentación de diapositivas teniendo en cuenta el lugar y la infraestructura. Animación de elementos. Transición de diapositivas. Intervalos de tiempo. Configuración de la presentación. Conexión a un proyector y configuración. Ensayo de presentación. Proyección.

– Código: CV17006.

Curso de transparencia y buen gobierno en la Administración local.

1. Objetivos.

• Proporcionar un conocimiento en profundidad de la normativa básica estatal y autonómica en materia de transparencia aplicada al ámbito local.

• Analizar las sinergias administrativas derivadas de la Administración electrónica, en particular, en relación con el Portal de transparencia (Ley 39 y 40 de 2015).

• Abordar las dificultades en el ejercicio del derecho de acceso a la información de los ciudadanos y la aplicación de los límites legales, principalmente en materia de protección de datos.

• Analizar la metodología y sistemas para la evaluación y seguimiento del cumplimiento normativo de los deberes legales en materia de transparencia.

• Ofrecer soluciones concretas y líneas de actuación conducentes a la implantación de una verdadera cultura de transparencia en el ámbito local.

2. Destinatarios.

• Secretarios, interventores, secretarios-interventores y tesoreros de la Administración local. Habilitados de carácter estatal y personal técnico de la Administración local.

• Profesionales al servicio de las corporaciones locales con puestos o funciones relacionadas con los contenidos objeto del curso.

3. Desarrollo.

Modalidad: presencial.

Duración: 20 horas.

Fechas: del 23 al 31 de mayo de 2017.

Lugar: aulas de formación de la Diputación de Ourense en el Centro Cultural Marcos Valcárcel (c/ Progreso, nº 30, 2º)

Plazas: 40.

4. Contenido.

1. Aproximación al marco normativo en materia de transparencia y estrategia de implantación con la Administración electrónica.

2. Obligaciones de publicidad activa en materia organizativa, institucional, de planificación y de relevancia jurídica.

3. El portal de transparencia como herramienta de garantía normativa. Aspectos prácticos.

4. Transparencia económico-financiera y rendición de cuentas.

5. Derecho de acceso a la información pública y aplicación de sus límites.

6. Evaluación y seguimiento de los deberes normativos. Vías de reclamación

5. Valoración

A los efectos de lo establecido en la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE núm. 267, de 8 de noviembre, y corrección, BOE núm. 311, de 29 de diciembre), por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de la Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,45 puntos.

A los efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG núm. 52, de 16 de marzo), y corrección, DOG núm. 77, de 22 de abril) sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respeto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, a este curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.