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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 64 Viernes, 31 de marzo de 2017 Pág. 15665

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (1033/2014).

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social numero 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1033/2014 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de José Antonio Canedo Villamisar contra la empresa I-VAMOS Empresa de Servicios Especializados, S.L. y Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

«Fallo:

Que, estimando en parte la demanda interpuesta por el actor José Antonio Canedo Villamisar, con citación del Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa I-Vamos Empresa de Servicios Especializados, s.l. a que abone al actor la cantidad de 4.565,50 euros, más el 10 % de interés por mora respecto de la cantidad salarial.

Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “cuenta de depósitos y consignaciones” que este juzgado tiene abierta en Banco de Santander de esta ciudad

E, igualmente, deberá en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a I-VAMOS, Empresa de Servicios Especializados, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 10 de marzo de 2017

La letrada de la Administración de justicia