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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Martes, 18 de abril de 2017 Pág. 18121

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

DECRETO 43/2017, de 23 de marzo, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción del itinerario peatonal y reforma de la intersección en la AC-840 (punto kilométrico 20+190 al 21+910), en el ayuntamiento de Curtis (clave AC/15/066.06).

Antecedentes.

El 5 de diciembre de 2016 se publica en el Diario Oficial de Galicia (núm. 232) el Anuncio de 22 de noviembre de 2016 por el que se somete al trámite de información pública la separata para información pública del proyecto de construcción del itinerario peatonal y reforma de la intersección en la AC-840 en Curtis (p.k. 20+190 al 21+910), de clave: AC/15/066.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referido.

Posteriormente, y tras el análisis de los certificados e informes presentados, el 13 de marzo de 2017 se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción del itinerario peatonal y reforma de la intersección en la AC-840 en Curtis (p.k. 20+190 al 21+910), de clave: AC/15/066.06.

Este proyecto de construcción tiene por objeto la creación de un itinerario peatonal por el margen derecho de la carreteras AC-840, entre los pp.kk. 20+190 y 21+910, la mejora de las intersecciones existentes con el viario local y provincial y la mejora de las condiciones del firme, incluyendo una nueva capa de rodadura.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, le corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintitrés de marzo de dos mil diecisiete,

DISPONGO:

Artículo único. Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción del itinerario peatonal y reforma de la intersección en la AC-840 en Curtis (p.k. 20+190 al 21+910), de clave: AC/15/066.06.

Santiago de Compostela, veintitrés de marzo de dos mil diecisiete

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Vivienda