De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios las comunidades de propietarios/as que lleven a cabo las instalaciones fotovoltaicas establecidas en el artículo 5 de estas bases en las viviendas en las que sean titulares del suministro eléctrico y que estén ubicadas dentro del territorio de la comunidad autónoma de Galicia.
Segundo. Objeto
Estas bases tienen por objeto regular a concesión de subvenciones a proyectos de instalaciones fotovoltaicas en los edificios de las comunidades de propietarios, que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el articulado de esta resolución (IN421M).
Tercero. Bases reguladoras y convocatoria
Resolución de 25 de abril de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones a proyectos de instalaciones fotovoltaicas en las comunidades de propietarios para el año 2017.
Cuarto. Cuantía
1. La cuantía global de la convocatoria asciende a 300.000 euros. La financiación de la convocatoria se corresponde con fondos propios del Inega para la anualidad 2017.
Código |
Concepto |
Total fondos |
Aplicación presupuestaria |
IN421M |
Proyectos de fotovoltaica en comunidades de propietarios |
300.000 euros |
09.A2.733A.781.2 |
2. La cuantía de la subvención será del 50 % del coste elegible de la instalación, con un máximo de 60.000 euros por proyecto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes a contar desde el día siguiente a aquel en el se que publiquen las presentes bases en el DOG.
La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios electrónicos a través del formulario electrónico normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Junto con la solicitud se presentarán, anexadas, copias digitalizadas de la documentación complementaria.
Santiago de Compostela, 25 de abril de 2017
Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia