Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Martes, 16 de mayo de 2017 Pág. 23807

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2017 por la que se aprueban las bases reguladoras y se hace pública la convocatoria del Concurso de literatura infantil y juvenil del Día de las Letras Gallegas.

Uno de los fines de la EGAP, establecido en el artículo 3 de la Ley 14/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, es la difusión y normalización de la lengua gallega. Para conseguir este fin, es necesario concienciar a las niñas y niños gallegos de la necesidad de fomentar la dinamización de nuestra lengua y de conocer y divulgar la cultura que a través de ella nos transmitieron nuestros ancestros.

Por esta razón, como uno más de los actos que la EGAP organizará para honrar las letras gallegas, y especialmente este año a Carlos Casares,

RESUELVO:

Anunciar la convocatoria de un premio de literatura infantil en el que podrán participar las niñas y niños gallegos, que tiene como objetivo incentivar la creatividad literaria a través del uso de la lengua gallega, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Objeto y régimen jurídico

Por medio de esta resolución se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria, bajo el régimen de concurrencia competitiva, del Concurso de literatura infantil y juvenil del Día de las Letras Gallegas orientado a las niñas y niños gallegos, con edades comprendidas, entre estas dos categorías: de 9 a 11 años y de 12 a 14 años.

Las niñas y niños interesados en participar en el concurso deberán redactar un cuento en lengua gallega de temática libre, de acuerdo con lo establecido en la base tercera.

La concesión de los premios (código de procedimiento PR775A) se regirá por estas bases, por la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; y, subsidiariamente, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones.

Segunda. Dotación e imputación presupuestaria

Existirán en cada categoría tres premios en metálico, cada uno de ellos con la siguiente dotación económica:

Categorías

De 9 a 11 años

De 12 a 14 años

1er premio

250 euros

250 euros

2er premio

200 euros

200 euros

3er premio

150 euros

150 euros

Estas cantidades serán imputadas a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el ejercicio 2017 con cargo a la aplicación presupuestaria de la EGAP 05.80.122B.4800 y estarán sujetas al tratamiento fiscal en vigor en el momento de la concesión.

Tercera. Participantes y contenido

Podrán optar a los premio las niñas y niños gallegos con edades comprendidas entre estas dos categorías: de 9 a 11 años y de 12 a 14 años. La edad estará referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de trabajos.

Los cuentos deberán redactarse en lengua gallega y su temática será libre, a elección de las personas participantes. Los textos deberán ser presentados en folios A4, mecanografiados por una sola cara, a un espacio y medio, con formato de fuente Times New Roman, tamaño 12 y con una extensión mínima de un folio y máxima de cinco.

No podrán acceder a estos premios las personas participantes cuyas personas representantes legales se encuentren afectadas por alguna de las circunstancias previstas en los artículos 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Los hijos y hijas de los miembros del jurado no podrán presentar textos a esta convocatoria.

Cuarta. Documentación necesaria para la tramitación del procedimiento

La solicitud, que deberá formalizarse según el modelo del anexo I, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal irá acompañada de un sobre tamaño folio, cerrado, con la siguiente inscripción «Concurso de literatura infantil y juvenil del Día de las Letras Gallegas», en el que constará el seudónimo y el título del cuento. Este sobre incluirá:

1. El texto del cuento en folio formato A4. En la cabecera se indicará exclusivamente el título del cuento presentado y el seudónimo. En este texto no podrá figurar ningún dato que permita identificar a la persona participante y romper el anonimato.

2. Un sobre pequeño cerrado en el que constará el seudónimo y el título del cuento. Este sobre contendrá los siguientes documentos:

– Boletín de inscripción (anexo II), que estará disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

– Fotocopia del libro de familia donde consten los datos de nombre, apellidos y edad del/de la menor que se presenta al concurso.

Quinta. Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos de las personas representantes legales del/de la menor incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

– Certificación de estar al corriente del pago de las obligaciones tributarias que obran en poder de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

– Certificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias que obran en el poder de la Administración autonómica.

– Certificación de estar al corriente del pago de las obligaciones con la Seguridad Social que obran en poder de la Tesorería General de la Seguridad Social.

2. En el caso de que las personas representantes legales del/de la menor se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el anexo y presentar los documentos.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los datos citados se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Sexta. Prazo e lugar de presentación

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de estas bases en el Diario Oficial de Galicia.

Las solicitudes, junto con el sobre cerrado, deberán presentarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal

Asimismo, también podrá presentarse en el Registro General de la EGAP.

Séptima. Instrucción y tramitación de las solicitudes

La Dirección de la EGAP, directamente o a través de sus servicios administrativos, actuará como órgano instructor del procedimiento, en los términos recogidos en el artículo 21 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales se debe pronunciar el dictamen de concesión de los premios. En particular, tendrá atribuidas específicamente las funciones de recepción de los originales presentados, la instrucción y el requerimiento a las personas solicitantes de la subsanación, si fuera necesario.

Octava. Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes

Todos los trámites posteriores a las solicitudes deberán realizarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedemento administrativo común.

Novena. Jurado

Para la valoración de los textos se constituirá un jurado formado por seis personas del ámbito literario y docente. Las funciones de la secretaría, con voz y sin voto, las realizará una persona integrante de la plantilla de la EGAP propuesto por su dirección. Las designaciones se efectuarán procurando alcanzar una presencia equilibrada de hombres y mujeres en la composición total del jurado.

La persona que ejerza la presidencia dirimirá con su voto de calidad los empates en caso de producirse. La composición del jurado se hará pública en la página web de la EGAP.

El jurado actuará en pleno y será necesaria la asistencia, como mínimo, de dos tercios de las personas que lo integran. Sus deliberaciones serán secretas y de la decisión se redactará el acta correspondiente, que será firmada por la persona que ejerza la presidencia y la que ejerza la secretaría.

Los premios podrán ser declarados desiertos, si así lo considera el jurado.

Con el fin de garantizar el anonimato, la Dirección de la EGAP facilitará al jurado, para el desarrollo de sus funciones, únicamente el sobre relativo a las obras presentadas, manteniendo custodiado el sobre relativo a su identificación hasta que se resuelva el procedimiento.

Décima. Criterios de valoración, examen y propuesta de resolución: dictamen del jurado

El jurado, teniendo en cuenta los criterios de valoración que se especifican a continuación, relacionará los textos presentados por orden de prelación en el acta correspondiente.

El jurado, a la hora de evaluar los textos presentados, tendrá en cuenta los siguientes criterios de valoración:

a) Calidad literaria: 15 puntos.

b) Originalidad: 15 puntos.

c) Valores relacionados con nuestra cultura y país: 10 puntos.

d) Cuidado de la lengua: 10 puntos.

Undécima. Resolución, comunicación y aceptación

La Dirección de la EGAP, con base en la propuesta del jurado, resolverá el procedimiento de concesión de los premios en el plazo de cinco días desde la fecha de elevación de la propuesta de resolución.

A tal efecto, una vez que el jurado eleve la propuesta, la Dirección de la EGAP abrirá el sobre pequeño, relativo a la identidad de las personas participantes.

La relación de las personas que ganen el concurso se publicará en la página web de la EGAP. Cada una de ellas debe aceptar el premio en el plazo de cinco días; y se comunicará a continuación el día en que se hará entrega de los premios.

Duodécima. Transparencia y buen gobierno

1. De conformidad con el artículo 17 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, y con el artículo 15 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, la EGAP publicará en su página web oficial la relación de las personas beneficiarias y el importe de los premios concedidos. Incluirá, igualmente, los referidos premios y las sanciones que, como consecuencia de ellos, pudieran imponerse en los correspondientes registros públicos, por lo que la presentación de la solicitud leva implícita la autorización para el tratamiento necesario de los datos de las persoas beneficiarias y la referida publicidad.

2. Por otra parte, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se transmitirá a la Base de datos nacional de subvenciones la información requerida por ésta, el texto de la convocatoria para su publicación en la citada base y su extracto en el Diario Oficial de Galicia.

Decimotercera. Datos de carácter personal

De conformidad con la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos personales recogidos en la tramitación de esta disposición, cuyo tratamiento y publicación autoricen las personas interesadas mediante la presentación de las solicitudes, serán incluidos en un fichero denominado: solicitantes de subvenciones, cuyo objeto es gestionar este procedimiento, así como para informar a las personas interesadas sobre su desarrollo. El órgano responsable de este fichero es la Escuela Gallega de Administración Pública.

Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer ante la Secretaría Geral, mediante el envío de una comunicación a la siguiente dirección: EGAP, calle Madrid 2-4, 15707 Santiago de Compostela, o a través de un correo electrónico a secretaria.egap@xunta.gal

Decimocuarta. Pago de los premios

Los premios otorgados serán abonados dentro del ejercicio económico 2017. Asimismo, y al resultar que el requisito de aportación de la documentación necesaria para la justificación y cobro del premio ya fue cumplido mediante la presentación de la solicitud de participación, no será necesario presentar ninguna otra documentación complementaria para su liquidación.

Decimoquinta. Retirada de originales no premiados

Los textos no premiados podrán ser retirados de las oficinas de la EGAP, después de presentar la solicitud de retirada firmada por la persona que ejerza la representación legal del/de la menor y una identificación en el momento de su recogida, en un plazo de treinta (30) días contados a partir del siguiente al de la comunicación del jurado. Aquellos que no sean retirados en el plazo indicado serán destruidos, sin que quepa ninguna reclamación al respecto.

Decimosexta. Información y control

Las personas que representan legalmente a las personas beneficiarias de los premios quedan sometidas a las actuaciones de comprobación y control efectuadas por el órgano competente para resolver, así como a las de control financiero desarrolladas por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, según lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, o por el Consejo de Cuentas según su normativa propia.

Además, se le deberá facilitar a la EGAP toda la información y documentación complementarias que considere necesarias para la concesión o el abono del importe de los premios.

Decimoséptima. Aceptación y desarrollo de las bases

La participación en esta convocatoria supone la total aceptación de estas bases.

Santiago de Compostela, 8 de mayo de 2017

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

missing image file
missing image file