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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 98 Miércoles, 24 de mayo de 2017 Pág. 25008

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2017, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se resuelven las solicitudes de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad, convocadas por la Resolución de 23 de diciembre de 2016, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020 (SI427A).

Mediante la Resolución de 23 de diciembre de 2016, de la Secretaría General de la Igualdad (DOG núm. 11, de 17 de enero de 2017), se establecieron las bases reguladoras y se convocaron para el año 2017 las subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad.

Según el artículo 12.3 de las bases reguladoras, por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva y de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las resoluciones de estas subvenciones serán objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia, la cual producirá los mismos efectos de la notificación.

Una vez finalizada la fase de instrucción de las solicitudes recibidas en la Secretaría General de la Igualdad, evaluadas las solicitudes por la comisión de valoración prevista en el artículo 10.2 de las bases reguladoras, vista la propuesta de resolución formulada por el órgano instructor y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias,

RESUELVO:

Primero. Conceder las subvenciones para el desarrollo de programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad que se indican en el anexo I por la cuantía resultante, tras la aplicación de lo establecido en el artículo 5.6 de las bases reguladoras, por un importe total de 1.419.985,38 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria que se indica a continuación:

Aplicación

Código proyecto

Importe

05.11.313B.481.2

2015 00142

1.419.985,38

Estas subvenciones están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, en un porcentaje del 80 %, a través del programa operativo FSE Galicia 2014-2020, en el objetivo temático 9 «Promover la inclusión social, luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación», prioridad de inversión 9.3 «La lucha contra toda forma de discriminación y el fomento de la igualdad de oportunidades», objetivo específico 9.3.1 «Aumentar la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos más vulnerables, a través de actuaciones que fomenten la igualdad de género y la conciliación de la vida personal y laboral, evitando a su vez la discriminación múltiple».

Segundo. Excluir y declarar desistidas las solicitudes que se relacionan en el anexo II, con indicación de la causa específica, por no cumplir el requisito de subsanación y/o aportación de los documentos preceptivos en el plazo establecido, según lo dispuesto en el artículo 9.1 de las bases reguladoras, o bien por no cumplir alguno de los requisitos establecidos en las referidas bases reguladoras.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 12.4 de las bases reguladoras, una vez notificada la resolución de concesión, la entidad beneficiaria deberá comunicar en el plazo de diez (10) días su aceptación y comprometerse a ejecutar el programa o actuación subvencionado en el plazo y en las condiciones establecidas en la convocatoria. En el caso de no comunicar dicho extremo en el plazo indicado, se entenderá tácitamente aceptada.

Cuarto. Informar a las entidades beneficiarias que la aceptación de la subvención comunitaria implicará su aparición en la lista pública de operaciones con los nombres de los o de las beneficiarias, en el supuesto de ser entidades jurídicas, así como la otra información recogida en el anexo XII del Reglamento (UE) 1303/2013, en relación con el artículo 115.2 de la misma norma jurídica.

Quinto. Según el artículo 3 de las bases reguladoras, estas subvenciones son incompatibles con cualquier otra ayuda pública para la misma actuación o actividad.

Sexto. De conformidad con el artículo 16.2 de las bases reguladoras, se realizará un primer pago del 80 % de la cuantía de la subvención concedida, en concepto de pago anticipado, que se hará efectivo una vez notificada la resolución de concesión. El 20 % restante, o la parte que corresponda, se librará previa justificación por las entidades beneficiarias del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y demás condiciones exigidas en la Resolución de 23 de diciembre de 2016.

Séptimo. La fecha límite de presentación de la documentación justificativa de la realización del programa subvencionado, de acuerdo con el artículo 15.1 de las bases reguladoras, es el 10 de octubre de 2017.

Las actuaciones correspondientes a los programas subvencionados se justificarán a través de las modalidades de costes simplificados previstas en los artículos 67 y 68 del Reglamento (UE) 1303/2013 y en el artículo 14 del Reglamento (UE) 1304/2013, según módulo o coste unitario por hora efectivamente trabajada, calculado sobre el coste directo de personal más un 20 % en concepto de gastos directos e indirectos derivados del programa.

El período de referencia para el desarrollo del programa y para la imputación de los gastos subvencionables es el comprendido entre el 1 de octubre de 2016 y hasta el 30 de septiembre de 2017.

Octavo. Las entidades beneficiarias deberán cumplir, en todo caso, con los requisitos y obligaciones exigidos en los artículos 10 y 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, así como con las condiciones y obligaciones establecidas en el artículo 17 de las bases reguladoras y demás que resulten exigibles según la normativa de aplicación y, en particular, las siguientes:

– Destinar los fondos percibidos al objeto concreto para el que fueron concedidos, ejecutar y acreditar la realización del programa, actuaciones y actividades que fundamenta la concesión de la subvención dentro del período y plazos establecidos en la Resolución de 23 de diciembre de 2016, así como el cumplimiento de los requisitos, condiciones y obligaciones que resultan de la normativa de aplicación.

– Mantener un sistema de contabilidad separada o un código contable adecuado que permita una pista de auditoría suficiente, respecto de los ingresos de la ayuda percibida, de los costes directos de personal y de los gastos de publicidad, así como conservar toda la documentación relativa a la subvención y a las personas participantes durante un período de tres años, a contar a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de estas cuentas ante la Comisión Europea. Esta fecha se publicará oportunamente en el Diario Oficial de Galicia.

– Dar cumplimiento a la obligación de dar adecuada publicidad del carácter público de la financiación en todas las actuaciones que se deriven de la ejecución del proyecto, en cumplimiento del artículo 15.3 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, y en el anexo XII del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo. Así, en todo tipo de publicidad e información relativos a la actuación y actividades subvencionadas tendrá que constar la condición de subvencionada por la Secretaría General de la Igualdad y por el Fondo Social Europeo 2014-2020.

En todo caso, en los espacios de atención a las usuarias y en las comunicaciones contarán con el emblema de la Unión Europea con la referencia al Fondo Social Europeo, y en los lugares de realización de la actuación se informará del apoyo de los fondos a través de un cartel de un tamaño mínimo A3 en un lugar destacado y visible. También se informará en la página web, en el caso de disponer de ella, sobre el proyecto y la ayuda financiera recibida de la Unión Europea y sobre los objetivos y resultados de la operación financiada.

– Informar a las personas destinatarias de que las actuaciones en que participan están financiadas por la Xunta de Galicia (Secretaría General de la Igualdad) y por el FSE, así como de los objetivos de los fondos, figurando los emblemas, como mínimo, en todo el material y documentos que se utilicen o entreguen a las usuarias.

– Realizar las actuaciones precisas para recoger la información suficiente relativa al desarrollo de las actuaciones que permita dar cumplimiento a los requisitos de información a través de indicadores de productividad (ejecución) y resultados previstos en el artículo 5 del Reglamento (UE) 1304/2013 del Parlamento europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo al FSE. En este sentido, en su cobertura deberá respetarse el principio de integridad de los datos. Los datos de los indicadores de productividad (ejecución) relativos a las entidades y a las personas participantes se referirán al momento inmediatamente anterior a su participación en la medida o programa dentro del período subvencionable. Los indicadores de resultado inmediato deberán referirse a la situación dentro de las cuatro semanas siguientes a la finalización de su participación en ese período. Esta información deberá facilitarse en el período de justificación de la subvención de acuerdo con los modelos disponibles en la página web de la Secretaría General de la Igualdad. Asimismo, la Administración podrá requerir la actualización de estos datos en el plazo de seis meses desde que finalice esta actividad, con la finalidad de formalizar los indicadores de resultado a largo plazo descritos en el referido reglamento.

– Cumplir con la normativa de protección de datos de carácter personal, en concreto, la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y su reglamento de desarrollo aprobado por el Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. Los datos de carácter personal de las personas usuarias o participantes en las actuaciones subvencionadas se incorporarán al fichero de datos de carácter personal de la Secretaría General de la Igualdad a que se refiere el artículo 23 de las bases reguladoras. En todo caso, deberá constar necesariamente la autorización expresa de la persona interesada para el tratamiento e incorporación de sus datos de carácter personal, y la entidad beneficiaria de la ayuda será la responsable de recabar y custodiar dicha documentación.

– Comunicar al órgano concedente cualquier modificación de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, así como de los compromisos y obligaciones asumidos por las entidades beneficiarias y, en su caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o ente público nacional o internacional.

– Facilitar toda la información requerida por la Secretaría General de la Igualdad, por los órganos verificadores que se establezcan en aplicación de los artículos 72, 73 y 74 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, así como por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas, el Consejo de Cuentas y otros órganos de control impuestos por la normativa comunitaria en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control.

– Someterse a las actuaciones de comprobación que efectuará la Secretaría General de la Igualdad, así como a cualquier otra actuación de control que puedan realizar los órganos competentes, tanto autonómicos como estatales o comunitarios, para lo que se aportará cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. En especial, por tratarse de ayudas cofinanciadas con Fondo Social Europeo, la entidad beneficiaria quedará sometida a las verificaciones que puedan realizar los organismos implicados en la gestión y seguimiento del FSE, que incluirán las oportunas visitas sobre el terreno.

En el artículo 19 de las bases reguladoras se establecen los criterios de graduación de los posibles incumplimientos para determinar la cantidad que se minorará o reintegrará.

Noveno. Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la secretaria general de la Igualdad, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de esta publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de esta publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de mayo de 2017

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad

ANEXO I
Concesiones

Nº de expte.
SI427A

Solicitante

NIF

Denominación del programa

Nº de horas totales imputadas

Gasto subvencionable
(€)

Puntos

Importe de la concesión
(€)

Importe de la concesión/gastos de publicidad (€)

Total
concedido (€)

2017/01-0

Alar Galicia

G15775901

Proyecto Súmate

2.004

39.318,48

51

23.626,53

0,00

23.626,53

2017/02-0

Asociación de Viúvas María Andrea

G32014334

Apoyando en la soledad

620

12.164,40

33

6.216,39

0,00

6.216,39

2017/03-0

ONG Mestura

G15940414

Programa Neneiras

2.039

40.005,18

92

40.000,00

0,00

40.000,00

2017/04-0

Fundación Érguete Integración

G36861078

Proyecto EVA (empleo-visibilidad-autonomía)

2.000

39.240,00

67

32.679,93

0,00

32.679,93

2017/05-0

Federación de Asociacións de Mulleres Rurais de Galicia-Fademur Galicia

G70101647

Servicio integral para mujeres del rural en situaciones de vulnerabilidad

1.166

22.876,92

43

12.495,74

874,70

13.370,44

2017/06-0

Asociación Dignidad Galicia

G15500853

Acompañamiento social a mujeres en situación de exclusión social

2.580

50.619,60

47

28.965,93

0,00

28.965,93

2017/07-0

Federación Provincial de Mulleres Rurais de Ourense-Femuro

G32237869

Femuro concilia y emplea

2.019

39.612,78

84

38.224,58

350,00

38.574,58

2017/08-0

Fundación Monte do Gozo-Proxecto Home

G15258213

Programa educativo-terapéutico para inserción sociolaboral de mujeres drogodependientes

1.720

33.746,40

66

28.756,62

0,00

28.756,62

2017/09-0

Asociación pola Igualdade e a Coeducación-Apico

G94088549

Programa Apico 2016/2017: plan de lucha, información y apoyo integral para las víctimas de violencia de género

1.720

33.746,40

53

20.996,07

1.469,72

22.465,79

2017/10-0

Congregación Siervas de la Pasión

R0800086A

Atención psicosocial a mujeres gestantes con niños/as menores de dos años

1.720

33.746,40

82

33.375,90

0,00

33.375,90

2017/11-0

Asociación de Axuda ao Enfermo Mental A Mariña

G27262799

Cuidado de mí

660

12.949,20

43

8.524,65

0,00

8.524,65

2017/12-0

Acción Familiar Ferrol

G15745466

Reinvéntate: programa de apoyo integral a mujeres en situación de especial vulnerabilidad

776

15.225,12

58

13.646,89

275,00

13.921,89

2017/13-0

Asociación de Ayuda a la Vida-Ayuvi

G36802536

Tú puedes

1.446

28.370,52

54

18.385,92

100,00

18.485,92

2017/14-0

Fundación Amigos de Galicia

G15859911

Programa de recursos integrales para mujeres víctimas de violencia de género o en situación de vulnerabilidad

2.040

40.024,80

61

28.760,07

0,00

28.760,07

2017/15-0

Asociación Mirabal

G70312954

Programa Mimosa 2016/2017

774

15.185,88

67

15.185,88

1.000,00

16.185,88

2017/16-0

CIMO Entidade Prestadora de Servizos

G32010449

Actívate

999

19.600,38

51

13.767,48

0,00

13.767,48

2017/17-0

Down Vigo: Asociación para Síndrome de Down

G36697324

Recursos integrales de atención personalizada y grupal de mujeres con síndrome de Down y discapacidad intelectual

1.720

33.746,40

68

28.912,20

0,00

28.912,20

2017/18-0

Asociación para a Prevención e a Educación Social-APES

G32383549

Ser mujer.es

220

4.316,40

47

4.316,40

0,00

4.316,40

2017/19-0

Asociación Puntodelas-Secretaría das Mulleres

G70370119

Punto Delas

4.090

80.245,80

64

40.000,00

0,00

40.000,00

2017/20-0

Asociación Síndrome de Down Teima de Ferrol

G15458060

Nosotras también, afectividades y sexualidad para mujeres con síndrome de Down o discapacidad intelectual

385:30

7.563,51

33

4.836,12

0,00

4.836,12

2017/21-0

Confederación Galega de Persoas con Discapacidade-Cogami

G32115941

Servicio de atención especializada a la mujer con discapacidad

2.685

52.679,70

86

40.000,00

0,00

40.000,00

2017/22-0

Alume Saúde Mental

G27198977

Programa pluriasistencial de apoyo y rehabilitación con alojamiento para mujeres en situación de especial vulnerabilidad con enfermedad mental

1.720

33.746,40

70

29.067,78

0,00

29.067,78

2017/23-0

Asociación Íntegro para a Diversidade Funcional das Comarcas de Bergantiños, Terra de Soneira e Fisterra

G15173263

PIMD rural

1.906

37.395,72

87

37.395,72

2.604,28

40.000,00

2017/25-0

Asociación Cultural Os Tres Reinos

G32345274

Por ellas

1.160

22.759,20

54

15.580,26

152,77

15.733,03

2017/26-0

Betania de Jesús Nazareno

R1500247J

Tú puedes

960

18.835,20

69

18.552,15

0,00

18.552,15

2017/27-0

Asociación Viraventos

G70136429

ASI. Acompañamiento social integral a mujeres de origen inmigrante en situación o riesgo de exclusión social

860

16.873,20

55

14.402,37

0,00

14.402,37

2017/28-0

Aliad-Ultreia

G27021120

Programa aliadas

1.348

26.447,76

69

23.880,94

0,00

23.880,94

2017/29-0

Asociación Redmadre Coruña

G70180229

Briana

1.710

33.550,20

56

24.486,36

0,00

24.486,36

2017/30-0

Down Pontevedra Xuntos, Asociación Síndrome de Down

G36164887

Programa de empoderamiento de mujeres en el colectivo del síndrome de Down y discapacidad intelectual

860

16.873,20

72

16.873,20

0,00

16.873,20

2017/31-0

ONG Ecos do Sur

G15354483

Programa apoyo a madres V

2.037

39.965,94

71

33.499,25

0,00

33.499,25

2017/32-0

Asociación Diagnosticadas de Cancro de Mama-Adicam

G36380301

Programa de empoderamiento destinado a mujeres en situación de vulnerabilidad

917

17.991,54

39

10.230,43

0,00

10.230,43

2017/33-0

Fundación Ronsel

G15752660

Gerentas

645

12.654,90

35

7.784,61

0,00

7.784,61

2017/34-0

Asociación Rede de Mulleres Contra os Malos Tratos de Vigo

G36928646

Juntas

408

8.004,96

53

8.004,96

0,00

8.004,96

2017/35-0

Asociación Xarela Formación Animación

G32261307

Valor-es

860

16.873,20

67

16.855,67

17,63

16.873,30

2017/36-0

Federación de Asociacións de Mulleres Anaral

G32362279

Servicio de apoyo a las mujeres ancianas que viven solas o con personas dependientes a su cargo

1.050

20.601,00

67

19.632,63

0,00

19.632,63

2017/37-0

Asociación de Mulleres Algueirada

G32354227

Servicio de apoyo a las mujeres ancianas que viven solas o con personas dependientes a su cargo

795

15.597,90

65

15.597,90

0,00

15.597,90

2017/38-0

Asociación Mujeres en Igualdad de Burela

G27441153

PRIAPE para mujeres en situación de vulnerabilidad. Mujer: tu futuro, tu libertad

2.077

40.750,74

75

38.434,84

0,00

38.434,84

2017/39-0

Federación de Asociacións de Familiares e Persoas con Enfermidade Mental de Galicia-Feafes Galicia

G15545353

Atención integral a mujeres con enfermedad mental en situación de vulnerabilidad

2.038

39.985,56

69

33.357,40

0,00

33.357,40

2017/40-0

Asociación de Axuda ao Toxicómano Érguete

G36642726

Programa de intervención desde una perspectiva de género con mujeres privadas de libertad-programa Mírate

1.188

23.308,56

77

23.308,56

0,00

23.308,56

2017/41-0

Cáritas Diocesana Tui-Vigo

R3600368I

Agarimo II

1.720

33.746,40

58

24.759,66

0,00

24.759,66

2017/42-0

Asociación E-Deidades para a Integración Social e Laboral da Muller

G27431873

E-Deidades búsqueda de empleo II 2017

560

10.987,20

48

9.227,52

645,93

9.873,45

2017/43-0

Asociación Pro Saúde Mental A Creba

G15476310

Apoyo integral a mujeres de las comarcas de Muros-Noia y Barbanza

860

16.873,20

66

16.780,38

92,82

16.873,20

2017/44-0

Asociación Xuvenil Integrados

G15973357

Programa de servicio de formación e integración para jóvenes con discapacidad intelectual

908

17.814,96

40

10.237,58

716,63

10.954,21

2017/45-0

Asociación Redmadre Pontevedra

G27707686

Proyecto madres e hij@s

2.009

39.416,58

68

32.881,33

583,00

33.464,33

2017/46-0

Unión Xeral de Traballadores de Galicia-UXT Galicia

G15383011

Servicio de atención a mujeres (SAM)

1.411:12

27.687,74

42

14.342,28

0,00

14.342,28

2017/47-0

Federación de Asociacións de Persoas Xordas de Galicia-FAXPG

G15068091

Recursos especializados para mujeres sordas en las áreas de actuación de Vigo y Santiago de Compostela

656

12.870,72

55

12.000,88

0,00

12.000,88

2017/48-0

Acadar. Asociación de Mulleres con Discapacidade de Galicia

G70223417

Programa re_activa. Servicio de atención integral a mujeres con discapacidad

2.037:30

39.975,75

83

38.437,17

0,00

38.437,17

2017/49-0

Asociación Redmadre Ourense

G32394082

Proyecto madres e hij@s 2017

770

15.107,40

68

15.107,40

599,60

15.707,00

2017/50-0

Asociación Educando en Familia

G27437581

Programa de recursos integrales específicos para mujeres gestantes o lactantes en situación de especial vulnerabilidad

1.106

21.699,72

61

17.765,02

375,00

18.140,02

2017/51-0

Asociación Síndrome de Down de Lugo

G27202043

Programa de fortalecimiento de capacidades personales y sociales de las mujeres del colectivo Down de la provincia de Lugo

1.505

29.528,10

66

25.803,81

0,00

25.803,81

2017/52-0

Andaina Pro Saúde Mental

G70264999

Programa de atención integral a mujeres con enfermedad mental y mujeres –cuidadoras o familiares– en el entorno de la enfermedad mental en situación de vulnerabilidad

1.820

35.708,40

64

26.403,60

1.071,25

27.474,85

2017/53-0

Asociación Nós Mesmas

G27718907

Programa de mejora de la inclusión social y laboral de mujeres lesbianas, bisexuales y transexuales

440

8.632,80

42

6.720,30

470,42

7.190,72

2017/54-0

Asociación Ambar das Persoas con Diversidade Funcional

G15052434

Oio. Programa integral de empoderamiento y autogestión para mujeres con discapacidad intelectual en el ámbito rural

680

13.341,60

46

10.249,14

0,00

10.249,14

2017/55-0

Acción Laboral

V09409749

Alcanza la cima

1.640

32.176,80

58

23.817,90

1.667,25

25.485,15

2017/56-0

Asociación de Mulleres Anel

G32207516

Servicio de atención a las mujeres mayores que viven solas o con personas dependientes a su cargo

1.118

21.935,16

67

20.566,54

0,00

20.566,54

2017/57-0

Asociación de Amigos da Cultura e do Ocio Aires Nosos

G32369696

Programa Senectus II

600

11.772,00

28

5.709,72

0,00

5.709,72

2017/58-0

Asociación Antonio Noche

G15210388

Confeccionando el futuro

645

12.654,90

50

10.216,95

0,00

10.216,95

2017/59-0

Auxilia Delegación Lugo

G08317059

Diversas pero iguales II

560

10.987,20

56

10.948,56

0,00

10.948,56

2017/60-0

Asociación Centinelas

G70390745

100 % mujer II

1.952

38.298,24

55

27.257,39

400,00

27.657,39

2017/61-0

Asociación Amicos

G15747678

Programa mujeres discapacidad y prevención de maltrato

1.720

33.746,40

52

20.918,28

1.000,00

21.918,28

2017/63-0

Asociación Penitenciaria Concepción Arenal

G27119809

Atención integral a mujeres en situación pre, intra y post-penal y familiares afectados por la situación de internamiento

2.224

43.634,88

73

36.223,09

0,00

36.223,09

2017/64-0

Asociación Labregas

G15945686

Sensibilización y prevención social y dinamización comunitaria

4.042

79.304,04

61

40.000,00

0,00

40.000,00

2017/65-0

Fundación Mujeres

G80974702

Programa para el empleo y emprendimiento de mujeres en situación de especial vulnerabilidad

812

15.931,44

31

7.190,92

0,00

7.190,92

2017/66-0

Asociación Diversidades

G27783950

Am Drepturi

1.410

27.664,20

54

18.032,76

1.092,00

19.124,76

2017/71-0

Asociación Patronato Concepción Arenal

G15030372

Mediación en movilidad humana para mujeres internas o externas en la casa de acogida Patronato Concepción Arenal

1.720

33.746,40

55

24.526,29

1.716,84

26.243,13

2017/72-0

Asociación de Mulleres en Igualdade de Vigo

G27712306

Violencia de género, una realidad oculta

960

18.835,20

46

12.995,94

909,72

13.905,66

2017/73-0

Asociación Síndrome de Down Coruña

G15731466

Espacios de escucha

270

5.297,40

33

4.156,29

0,00

4.156,29

2017/77-0

Asociación de Coaching para el Desarrollo Social y Comunitario Daleth

G70480595

Programa Daleth 2016/2017 de apoyo a las víctimas de violencia de género y otros colectivos de mujeres vulnerables

645

12.654,90

46

9.905,79

0,00

9.905,79

ANEXO II
Solicitudes denegadas y desistidas

Nº de expte.

SI427A

Solicitante

NIF

Programa

Causa de inadmisión/denegación

2017/24-0

Asociación Menthor

G94151602

Atención a mujeres en situación de especial vulnerabilidad pertenecientes a varios colectivos

Apartados 1.a) y 2 del artículo 4 de las bases reguladoras: el cumplimiento del requisito de estar inscrita en el área de Igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales es posterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes

2017/62-0

Federación EFA Galicia

G15299357

Mujeres con proyecto

Artículo 4.1.a) de las bases reguladoras: no consta la inscripción de la entidad en el área de Igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales

2017/67-0

Peca-s Asociación para la Prevención y Estudio de Conductas Adictivas

G32470270

Peca-s orienta

Artículo 4.1.a) de las bases reguladoras: no consta la inscripción de la entidad en el área de Igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales

2017/68-0

Federación Alzheimer Galicia

G15656739

Talleres sobre la igualdad «cuidadores»

Artículo 9.1 de las bases reguladoras: incumplimiento del requisito de subsanación y/o aportación de la documentación requerida en el plazo establecido

2017/69-0

Institución Benéfico-Social Padre Rubinos

G15074743

Programa de inserción sociolaboral para mujeres sin hogar

Artículo 9.1 de las bases reguladoras: incumplimiento del requisito de subsanación y/o aportación de la documentación requerida en el plazo establecido

2017/70-0

Radio Ecca Fundación Canaria

G35103431

Siempre es tiempo de formarse: encaminado a la mejora de la formación y la orientación laboral de las mujeres en riesgo de exclusión

Artículo 14.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: incumplimiento de la obligación de relacionarse con las administraciones públicas a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo; artículo 7.2, párrafo quinto, de las bases reguladoras: el trámite de subsanación de documentación no se realizó electrónicamente

2017/74-0

Fundación Cume para el Desarrollo de Culturas y Pueblos

G36797579

Programa de información y orientación para personas en situación de especial vulnerabilidad

Artículo 9.1 de las bases reguladoras: incumplimiento del requisito de subsanación y/o aportación de la documentación requerida en el plazo establecido

2017/75-0

Valoresc

G70377585

Galicia mujer

Artículo 4.1.a) de las bases reguladoras: no consta la inscripción de la entidad en el área de Igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales

2017/76-0

Fundación Venancio Salcines

G70480231

Woman 360 emploiment program

Artículo 4.1.a) de las bases reguladoras: no consta la inscripción de la entidad en el área de Igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales

2017/78-0

Asociación de Axuda á Integración Social Contigo

G27482280

Chicas

Artículo 9.1 de las bases reguladoras: incumplimiento del requisito de subsanación y/o aportación de la documentación requerida en el plazo establecido