La persona titular de la Subdirección General de Inspección del Transporte dictó la resolución del expediente sancionador LU-01113-O-2016 y seis más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, esta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.
Se les informa de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas de la Subdirección General de Inspección del Transporte, situadas en la plaza de Europa, 5A, 2º, Santiago de Compostela.
Se les comunica que contra la resolución sancionadora, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada, ante el director general de Movilidad de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.
En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el/la interesado/a deberá abonar la multa impuesta empleando el modelo impreso que se facilitará en la Subdirección General de Inspección del Transporte.
En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en la normativa vigente.
Santiago de Compostela, 9 de mayo de 2017
David Conde Varela
Subdirector general de Inspección del Transporte
ANEXO
Expediente Matrícula |
Persona sancionada DNI/CIF |
Infracción cometida Fecha; hora; carretera; p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción impuesta |
LU-01113-O-2016 8685-FVJ |
Transnaimadoce, S.L. B39752100 |
Atenuante-Realizar transporte público en vehículo ligero al amparo de una autorización caducada, revocada o que por cualquier otra causa hubiera perdido su validez. 25.5.2016; 8.35; LU530; 3,5 |
Art. 141.25 LOTT |
Art. 143.1.k) LOTT Art. 143.1.f) LOTT |
801 euros |
LU-01115-O-2016 8685-FVJ |
Transnaimadoce, S.L. B39752100 |
La carencia, falta de datos esenciales, ocultación o falta de conservación de la documentación de control. 25.5.2016; 8.35; LU530; 3,5 |
Art. 141.17 LOTT |
Art. 143.1.d) LOTT |
401 euros |
OU-00996-O-2016 1787-JBF |
Jinhui Chen Y2690781W |
La carencia, falta de datos esenciales, ocultación o falta de conservación de la documentación de control. 7.4.2016; 16.28; A-52; 250 |
Art. 141.17 LOTT |
Art. 143.1.d) LOTT |
401 euros |
PO-02915-S-2016 8277-FWB |
Carpintería Ulloa, S.L. B27404193 |
Atenuante-Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. 2.4.2016; 8.35 |
Art. 141.25 en relación Art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) LOTT Art. 143.1.f) LOTT |
801 euros |
XC-01564-O-2016 4853-FYJ |
Reyjosa, S.L. B15236052 |
Disminución del descanso semanal reducido en más de 2 horas. Igual o superior a 20 horas e inferior a 22 horas 16.4.2016; 21.41; CP 1105; 14,0 |
Art. 141.24.5 LOTT |
Art. 143.1.d) LOTT |
401 euros |
XC-01931-O-2016 1796-GTG |
Ceddis Roalco, S.L. B70169503 |
Carecer de los extintores que resulten obligatorios en función del vehículo o la carga transportada, o disponer de unos cuya correcta utilización no esté garantizada. 23.5.2016; 12.08; N550; 43,0 |
Art. 141.5.3 LOTT |
Art. 143.1.f) LOTT |
801 euros |
XC-02032-O-2016 2173-FVM |
Transportesgonromy, S.L. B27446715 |
Disminución del descanso semanal normal en más de 3 horas. Igual o superior a 36 horas e inferior a 42 horas. 9.5.2016; 8.42; N634; 709,5 |
Art. 141.24.5 LOTT |
Art. 143.1.d) LOTT |
401 euros |